Condenado un hombre en Zaragoza por agredir sexualmente a su hijastra cuando la llevaba al colegio

El acuerdo entre Fiscalía y defensa recoge una condena de dos años de cárcel aunque el acusado no entrará en prisión con la condición de no delinquir por un tiempo de cuatro años
El acusado, este martes en la Audiencia Provincial de Zaragoza, realizó tocamientos no consentidos a su hijastra cuando la llevaba en coche al colegio.
photo_camera El acusado, este martes en la Audiencia Provincial de Zaragoza, realizó tocamientos no consentidos a su hijastra cuando la llevaba en coche al colegio.

Un hombre ha sido condenado en Zaragoza a dos años de cárcel por agredir sexualmente a una menor de 16 años, quien era hija de su entonces pareja. Los hechos se produjeron cuando él se ofreció a llevar a la niña al colegio, momento que aprovechó para perpetrar el delito. Juzgado en la Audiencia Provincial, también cumplirá cinco años de libertad vigilada y no podrá comunicarse o acercarse a menos de 200 metros de la víctima por un tiempo de ocho años, aunque un acuerdo entre Fiscalía y defensa ha permitido que el agresor evite la prisión con la condición de no delinquir durante un periodo de cuatro años.

Los hechos, según ha podido saber ARAGÓNPRESS, se dieron en el año 2024 dentro del contexto familiar donde el acusado, L. E. E. A., mantenía una relación con la madre de la víctima, con quien además tiene una hija en común. La menor tenía menos de 16 años en ese momento y no era hija del agresor. Aprovechó esa confianza para llevar al colegio a la víctima en coche, lugar donde le dio un beso no consentido y le profirió tocamientos en el pecho por encima de la ropa.

La fiscal Ana Díez interesaba inicialmente una pena de cinco años de cárcel con la agravante de prevalimiento. Es decir, que el acusado se valió de la situación ventajosa de superioridad respecto a la víctima, dándole la posibilidad de cometer el delito de manera "más fácil y exitosa". Un acuerdo con la defensa ha visto reducida esa pena hasta los dos años de prisión teniendo en cuenta también la atenuante de reparación del daño, libertad vigilada durante un lustro, prohibición de trabajar con menores de edad por siete años, una orden de alojamiento y prohibición de comunicación por otros ocho años, y una indemnización a la víctima y a su madre de 1.000 euros.

Ante la conformidad, la defensa ha pedido que se suspenda la pena privativa de libertad de su cliente durante dos años. Cifra que la representante del Ministerio Fiscal ha elevado hasta los cuatro años, a lo que no se ha opuesto la defensa, con la condición de no delinquir en ese periodo. El tribunal, presidido por Mauricio Murillo, ha dictado sentencia in voce y ha conectado vía telemática con la menor y su madre para conocer su actitud ante lo pactado en sala, a lo que se han mostrado conformes. El magistrado también se ha dirigido al ahora condenado para asegurar su compresión de las condiciones de la condena. “No hacer tonterías”, ha aseverado el juez.

Más en SUCESOS