Las limitaciones en las vías ferroviarias que ha aplicado Adif están alargando de forma notable los tiempos de viaje. Según los datos disponibles, los trayectos se están incrementando entre un 40 % y un 50 %, una situación que ya está teniendo un impacto directo en miles de pasajeros. Pese a ello, Renfe e Iryo han decidido no abonar indemnizaciones por estos retrasos al considerar que no son responsables, ya que atribuyen el problema a las restricciones impuestas por el gestor de infraestructuras.
Ante este escenario, el Gobierno de Aragón ha instado al Gobierno central a desarrollar la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, y a modificar el reglamento del sector ferroviario. El objetivo es volver al marco de indemnizaciones anterior a julio de 2024, un sistema que, al menos en el caso de Renfe, contemplaba compensaciones automáticas para los viajeros afectados por retrasos.
Los operadores ferroviarios están justificando su negativa a indemnizar en el Reglamento UE 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril. Sin embargo, este mismo texto legal refuerza el derecho de los pasajeros a ser compensados en estos supuestos. En concreto, señala que “las huelgas del personal de la empresa ferroviaria, las acciones u omisiones de otra empresa que utilice la misma infraestructura ferroviaria y las acciones u omisiones de administradores de infraestructuras y de estaciones no quedan cubiertas por la exención a que se refiere la letra c) del párrafo primero”.
El reglamento europeo, de aplicación directa en todos los Estados miembros, fija una indemnización del 25 % del precio del billete cuando el retraso es de entre 60 y 119 minutos, y del 50 % si es igual o superior a 120 minutos.
QUÉ DICE LA NORMATIVA EUROPEA
Desde la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios recuerdan que los viajeros mantienen su derecho a reclamar, incluso cuando el retraso se deba a problemas en la infraestructura. Para ello, recomiendan conservar siempre el billete de tren, donde figura la hora de salida y de llegada prevista, y documentar la hora real de llegada al destino.
Esta información resulta clave para acreditar el retraso en caso de controversia y para respaldar cualquier reclamación posterior frente a la empresa ferroviaria.
CÓMO RECLAMAR A RENFE O IRYO
El primer paso es presentar la reclamación ante la empresa a la que se compró el billete, ya sea de forma presencial o a través de sus páginas web. Las compañías están obligadas a responder en un plazo máximo de un mes. Si la respuesta es negativa o no satisface al usuario, se puede acudir a la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, ya que Renfe está adherida al Sistema Arbitral de Consumo.
En el caso de Iryo, al no estar adherida ni al Sistema Arbitral de Consumo ni a las juntas arbitrales del transporte, el usuario deberá solicitar una mediación a través de los servicios provinciales de Consumo o de Transportes. Para cualquier duda, los viajeros pueden contactar con el teléfono de Atención al Consumidor, 900 12 13 14, enviar un correo a consultaconsumo@aragon.es o solicitar cita previa para atención presencial.
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