El TSJA ordena repetir el juicio a dos policías de Zaragoza por una supuesta revelación de secretos

El TSJA ha ordenado repetir el juicio contra dos policías acusados de revelar secretos después de ser absueltos por la Audiencia Provincial de Zaragoza. Foto: Pilar Álvarez.
El alto tribunal revoca la absolución dictada en junio y exige un nuevo juicio al criticar la falta de motivación y el análisis incompleto de las pruebas

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha revocado la absolución de dos policías nacionales juzgados en junio por una presunta revelación de secretos y ha ordenado repetir el juicio ante un nuevo tribunal. La Sala considera que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza no fundamentó de manera suficiente por qué descartó la versión de la acusación, que sostenía que los agentes accedieron irregularmente a bases de datos policiales para consultar información privada de un conocido suyo y de la mujer con la que le era infiel.

La decisión llega tras el recurso presentado por la acusación particular, ejercida por el abogado Antonio Torrús. Según una investigación que llegó hasta las oficinas de la Policía Nacional en Madrid, los accesos incluían estancias en hoteles, movimientos económicos y datos personales que, supuestamente, terminaron llegando a la entonces esposa del denunciante, amiga cercana de los dos agentes. La sentencia ahora anulada concluía que esas consultas habían sido “justificadas” por motivos profesionales o realizadas “a petición del propio denunciante”, una explicación a la que el TSJA reprocha falta de análisis y motivación.

FALLOS DE MOTIVACIÓN Y “VALORACIÓN INSUFICIENTE” DE LAS PRUEBAS

El escrito del TSJA, firmado por el magistrado ponente Fermín Francisco Hernández Gironella y al que ha tenido acceso ARAGÓNPRESS, reprueba a la Audiencia Provincial una “deficiente valoración” del trabajo realizado por la Unidad de Asuntos Internos, que acreditó múltiples accesos sin cobertura policial y describió que uno de los agentes efectuó una “radiografía completa” del denunciante y de la mujer con la que mantenía una relación extramatrimonial. Según Asuntos Internos, esos accesos no se correspondían con ninguna investigación activa ni estaban amparados por protocolo legal alguno.

La Sala señala que la sentencia de primera instancia obvió contradicciones esenciales, no analizó elementos incriminatorios relevantes y fundamentó la absolución en hipótesis alternativas “sin sustento suficiente”. Por ello, considera imposible confirmar el fallo y ordena la repetición íntegra del juicio “para garantizar los derechos de todas las partes”.

UN CONFLICTO PERSONAL QUE ACABÓ EN LOS TRIBUNALES

El caso se remonta a un complejo conflicto personal ocurrido en un pueblo de Zaragoza en verano de 2021. El denunciante acusó a su antiguo amigo y policía de haber accedido a su información privada para informar a su esposa de una infidelidad. Ambos agentes, hermanos entre sí, admitieron en el juicio haber realizado algunas consultas, pero aseguraron que lo hicieron a petición del propio denunciante o para ayudar a su exmujer, que en aquellos meses mantenía una orden de alejamiento contra él.

Asuntos Internos, sin embargo, sostuvo que no existía justificación profesional para tales accesos, que no se habían documentado en ningún registro operativo y que las consultas excedían con mucho cualquier actuación policial legítima.

UN NUEVO JUICIO, CON TODAS LAS PARTES A LA ESPERA

La acusación particular reclama para el principal investigado, C. F. B. M., cinco años de cárcel, 12 de inhabilitación y multa de 10.800 euros, al considerar probado que la información obtenida en bases policiales fue utilizada en el ámbito privado. Para la segunda acusada pidió dos años y medio de prisión y seis de inhabilitación. La Fiscalía solo dirigió acusación contra el varón, para quien solicitaba dos años y seis meses. La defensa de ambos acusados, a cargo de la abogada Pilar Sangorrín, pidió la absolución, que fue concedida por la Sección Tercera de la APZ antes del devenir jurídico de los acontecimientos.

La repetición del juicio, que deberá celebrarse ante un tribunal completamente distinto, supondrá valorar de nuevo todas las pruebas, declaraciones y periciales ya practicadas.