Estos son los servicios mínimos declarados para la huelga de médicos del 16 al 20 de febrero
Los médicos de Atención Primaria a nivel nacional secundarán una nueva huelga a partir del próximo lunes, 16 de febrero, de cinco días de duración. La convocatoria responde al rechazo del colectivo médico al Estatuto Marco redactado recientemente, el cual consideran “profundamente injusto”. Además, los sindicatos médicos Cesm Aragón y Fasamet, suman reivindicaciones a nivel autonómico para negociar con el Gobierno de Aragón una mejora en las condiciones laborales y retributivas.
Durante los cinco días de huelga, se realizarán concentraciones de cinco minutos todos los mediodías a las puertas de los hospitales y centros de salud aragoneses, a consecuencia de unos servicios mínimos que consideran “abusivos” no les permiten reunirse en otro punto. Todo ello culminará el viernes con una gran manifestación en Zaragoza.
SERVICIOS MÍNIMOS EN ARAGÓN
El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón la orden por la que se establecen los servicios mínimos durante la huelga convocada del 16 al 20 de febrero en los centros dependientes del Servicio Aragonés de Salud. Estos coincidirán con los establecidos para las huelgas del 16 a 20 de marzo, 27 a 30 de abril, 18 a 22 de mayo y 15 a 19 de junio de 2026, así como la convocada por los sindicatos Cesm-Aragón y Fasamet para los días 16 a 20 de febrero y 16 a 20 de marzo de 2026. El objetivo es garantizar la atención sanitaria esencial y el derecho a la protección de la salud de la ciudadanía.
En Atención Primaria, los servicios mínimos deberán asegurar la atención domiciliaria urgente; la asistencia a pacientes que acudan con carácter urgente cuya omisión pueda generar consecuencias desfavorables; la atención a pacientes en tratamiento cuando su interrupción suponga un grave riesgo; las prescripciones farmacéuticas necesarias para iniciar o mantener tratamientos urgentes o crónicos cuya suspensión pueda desestabilizar procesos; y la emisión de partes de Incapacidad Temporal.
Además, funcionarán asistencialmente con plena normalidad (100% de los efectivos) los servicios de Urgencias, DUAP y Hospitales de Día; los servicios de UCI de Adultos, Pediátricos y Neonatos: las unidades de cuidados semicríticos (UCRI, UCCAR, ICTUS); las pruebas funcionales (Broncoscopias. Endoscopias digestivas (CPRE Colonoscopias, Eco-endoscopias diagnósticas oncológicas)); la unidad de Reanimación, URPA; la unidad de Quemados; la unidad de Oncología Radioterápica, Oncología Médica y Tratamientos Oncohematológicos; y el laboratorio de Hematología de Urgencias y de Coagulación.
También los paritorios; la unidad de Radiología de Urgencias; el laboratorio de Bioquímica de Urgencias; la hemodiálisis y Trasplante renal: la hemoterapia y Banco de Sangre; la hemodinámica y Electrofisiología; la física y Protección Radiológica; la unidad de Reproducción Humana Asistida (URHA); dietética y Nutrición: cirugía de Trasplante Renal, Cardiaco, Córnea, Hematológico y Hepático; unidad de Cuidados Paliativos Pediátricos. De esta manera, el personal que cubre la asistencia de estas Unidades se considerará siempre como mínimo, ya que estas Unidades deben funcionar con normalidad.
En Atención Continuada, se ha fijado como servicio mínimo el 100% del personal correspondiente. Los médicos internos residentes que ocupen puesto de guardia de cada servicio, serán considerados servicio mínimo durante la jornada ordinaria en los centros de salud y servicios hospitalarios en los que estén desarrollando su formación.
En el ámbito de la Gerencia de Urgencias y Emergencias, la orden recoge la determinación numérica de los profesionales designados como servicios mínimos en los distintos equipos de urgencias -UME, SUAP y CCU- para los turnos de mañana, tarde y noche.