Medios y extremos en una democracia intoxicada
Ante el convulso contexto político español, confuso e irritador, la presidencia del gobierno pretende dar una vuelta de rosca más al ansiado control, restrictivo, de todo aquello que suponga ejercer las libertades públicas. En el caso que nos ocupa, la amenaza se cierne sobre la libertad de expresión.
Ante el convulso contexto político español, confuso e irritador, la presidencia del gobierno pretende dar una vuelta de rosca más al ansiado control, restrictivo, de todo aquello que suponga ejercer las libertades públicas. En el caso que nos ocupa, la amenaza se cierne sobre la libertad de expresión.
Nuestra Constitución prescribe que “los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de (…) opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. De igual forma garantiza los derechos a expresar y difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones (…), la producción y creación literaria (…), comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de comunicación (…), y respetar el pluralismo de la sociedad por parte de los entes públicos de aquellos medios de comunicación dependientes del Estado (…)
A partir del día 8 de agosto de 2025 se aplicará íntegramente la normativa contenida en el Reglamento Europeo de los Medios de Comunicación, (European Media Freedom Acta, EMFA), aprobado el día 15 de diciembre de 2023 por el Consejo y el Parlamento Europeo, y que entró en vigor el pasado día 7 de mayo tras un proceso legislativo un tanto dilatado. Por tal motivo, al tratarse de un Reglamento europeo, el Derecho Internacional señala que su aplicación debe ser directa, es decir, sin necesidad de que haga falta mecanismo alguno para transponerlo a las legislaciones particulares de los estados miembros.
No cabe duda que el fin de la EMFA es proteger la independencia de los medios de comunicación frente a la posible injerencia, más o menos tiránica, de los poderes políticos, en aras de preservar el derecho a la información sin censuras previas. Dicho Reglamento es un instrumento que aborda soluciones ante la desconfianza ciudadana a la prensa, así como huye de un control subrepticio de la información. Asimismo, otorga sabias respuestas a dos preguntas que surgen en el tejido social: ¿debe estar regulada la información? Decididamente no. Entonces, ¿deben estar regulados los medios de información? Evidentemente sí.
A tal efecto y aguzando los sentidos ante esta tesitura, podemos preguntarnos también ¿por qué ha surgido ahora el referido Reglamento? Pues, precisamente, porque se insiste en la protección de los “medios” informativos frente a los “extremos” políticos que ansían el control arcano e inmoderado de estos, al mismo tiempo que ofrece más transparencia a las empresas titulares de la comunicación. Con todo, el Reglamento no prevé el control mediático, pero sí observa combatir la desinformación, en línea con el cometido que alberga la prensa en cualquier sociedad democrática que se precie de enarbolar los principios rectores en que se fundamenta.
El objetivo nuclear del novel Reglamento consiste en afianzar la libertad de información en la esfera europea, al mismo tiempo que reforzar la confianza ciudadana en los medios de comunicación. No se habla de controlarlos, sino más bien de luchar contra la desinformación y la influencia negativa de las noticias falsas. A partir de este momento, las empresas de información vienen obligadas a publicar quienes son sus accionistas con el objeto de que se conozcan los intereses de sus propietarios. En este sentido, las empresas que coticen en bolsa dotaran de mayor transparencia a los inversores que en ellas muevan su dinero.
Quede muy claro, con la que está cayendo en Moncloa, que el mencionado Reglamento no confiere a los gobiernos de la UE potestad alguna para declarar “qué es información veraz y qué es desinformación”. Asimismo, y para garantizar la independencia de los medios y no condicionarla, aquel establece la obligación de informar acerca de la publicidad institucional que reciben de los entes públicos, para que la manipulación de los lectores no tome aliento.
Los gobiernos únicamente deberán desarrollar la normativa precisa para dotar de transparencia a la financiación que recibe cada medio en forma de publicidad privada e institucional, así como de aquella que sea participación accionarial.
El Observatorio de Medios en España, que quizá sea la iniciativa privada de autorregulación más íntegra del sector, está elaborando códigos de conducta de empresas de comunicación más allá de lo que marca el Reglamento europeo, con el propósito de proteger a las compañías del acoso político, sin entrar en absoluto a normatizar la información (la cual, en principio, siempre es objetiva). Además de aquellos códigos que colman los estándares mínimos de transparencia, elabora también otros relativos a regular las relaciones entre la propiedad, la gestión y las redacciones de las empresas de información.
El Reglamento establece la habilitación por parte de los gobiernos nacionales de un “regulador responsable” para supervisar el cumplimiento de la EMFA. Al tratar este punto, un tanto vidrioso, nos puede llevar a pensar en la dulce “golosina” que supone nombrar a dicho regulador para gobiernos con un concepto de la autoridad más que abyecto. Incluso otro punto turbio es la relación entre medios estructurados y programadores de contenidos. La EMFA preserva aquellos medios con patrones editoriales, pero deja en el aire la noción de medio de información en Internet, con lo que el término “pseudomedio” puede tener diferentes significados para diversas personas.
Con todo, la EMFA asegura que la información es un bien común, que es necesario defender la independencia y el pluralismo de los medios, que la transparencia es una herramienta óptima para consolidar estas nociones como dignas directrices, y que los medios, entendidos como verdaderas empresas, no son un negocio cualquiera.
A partir de ahora, y de forma concluyente, se deberá sospechar de cualquier tentativa o sátrapa argucia que transgreda la inspiración de los principios, pautas y reglas establecidas en la EMFA, todo ello conforme a su implementación y su constitución.
Tras lo cual: ¿oíííído cociiina, Sr. Sánchez, acólitos, adláteres y demás jungla política que nadan en las obscuras aguas del poder?