Casco y seguro obligatorio: así afecta a bicis y patinetes la nueva Ordenanza de Movilidad

La Ordenanza de Movilidad Urbana especifica el uso del casco en los conductores de patinetes de cualquier edad
La Zona de Bajas Emisiones entra este miércoles en vigor y contará con un periodo de concienciación y adaptación

El 11 de septiembre era el día marcado en el calendario para la entrada en vigor de varias ordenanzas que modifican la movilidad en la ciudad tal y como la conocíamos hasta ahora. Por un lado, la Zona de Bajas Emisiones que, si bien contará con un periodo de concienciación y adaptación, ya está operativa desde este miércoles. Y, por otro lado, la nueva Ordenanza de Movilidad, cuya aplicación ha recibido muchas quejas por parte de los colectivos ciclistas. Esta pone sobre la mesa la obligatoriedad del uso del casco para circular por Zaragoza, pero sobre todo la necesidad de contratar un seguro específico para bicicletas.

En concreto, la Ordenanza de Movilidad Urbana especifica el uso del casco en los conductores de patinetes de cualquier edad. En el caso de las bicicletas este se limita a los menores de 16 años. En cualquiera de los casos, sin embargo, el uso del casco es siempre recomendable para cualquier ciclista.

De igual forma, se establece la necesidad de disponer de la correspondiente garantía de responsabilidad civil. Esto quiere decir que a partir de ahora es obligatorio contar un seguro específico para la circulación, tanto de patinetes como de bicicletas, que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o en su defecto un seguro de hogar que cubra esta contingencia. Es muy importante tener en cuenta, en este caso, que los conductores deberán portar en todo momento una copia de la póliza en soporte papel o soporte informático.

OTROS ARTÍCULOS QUE AFECTAN A BICICLETAS

En la nueva Ordenanza de Movilidad también se incluyen otros artículos que afectan a las bicicletas como la prohibición de circular por las aceras, vías o zonas peatonales. Tampoco podrán circular por carriles ni plataformas reservadas para el transporte público. Sí podrán sobrepasar, por ejemplo, aquellos semáforos que no regulen la circulación en intersecciones y que solo señalicen un paso para peatones.

Además, estas deberán circular con los dispositivos de iluminación delantera y trasera homologados encendidos a cualquier hora del día o de la noche o en su defecto elementos reflectantes delanteros y traseros. En el caso de los vehículos VMP la normativa es exactamente la misma.

Entre otras medidas, también se recuerda el carácter excepcional para los menores de 12 años que circulen en bicicleta. Estos podrán ir por aceras y zonas peatonales, que no hayan sido declaradas de especial protección para el peatón, siempre y cuando vayan acompañadas por una persona adulta a pie y no sobrepasen en ningún caso los 5 kilómetros por hora.