La Diabla, condenada a seis años de cárcel como cabecilla de la red de explotación sexual de mujeres en Caspe

La Diabla ha sido condenada por la Audiencia Provincial de Zaragoza a seis años de cárcel por trata de seres humanos y prostitución coactiva.
El fallo absuelve a la mitad de los acusados y reduce drásticamente la condena para Leudis Isaac Corro Camacho, el nombre real de la Diabla, para quien se pedían originalmente 57 años, y que además debería cumplir cinco de libertad vigilada cuando salga de prisión

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a seis años de prisión a Leudis Isaac Corro Camacho, conocida como la Diabla, por liderar una trama vinculada a la captación y explotación sexual de mujeres en un club de Caspe y varias tapaderas. El fallo se ha conocido a última hora de este miércoles, casi cuatro meses después del juicio celebrado en septiembre y tras un periodo de deliberación que ha mantenido en vilo a víctimas y defensas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso de manera íntegra ARAGÓNPRESS, está firmada por la magistrada María Pilar Lahoz, de la Sección Sexta, y da por acreditado un episodio concreto de trata en concurso con prostitución coactiva y fija, además, una medida de libertad vigilada de cinco años a cumplir cuando salga de la cárcel. La Diabla, que terminó el juicio en libertad provisional, ha estado defendida por la letrada María Riera Roig, en una causa que ha ido adelgazando desde los 14 acusados iniciales hasta 11 al cierre de la vista oral.

QUÉ DA POR PROBADO EL TRIBUNAL

El tribunal concluye que la organización operaba con una mecánica de control y beneficio económico sobre mujeres captadas en situación de vulnerabilidad, algunas traídas desde América latina, a quienes se imponían condiciones para ejercer la prostitución y se obtenían réditos directos. Ese es el núcleo por el que la Diabla resulta condenada, con una pena que queda fijada en seis años por trata de seres humanos en concurso medial con prostitución coactiva. En ese caso concreto, el fallo describe la situación de una mujer adulta a la que se le llegó a exigir dinero por el viaje desde Colombia a España y la “invitación”, además de retirarle documentación y restringir su autonomía.

En el apartado de responsabilidad civil, la resolución impone a la Diabla el pago de 15.000 euros a una de las víctimas, a la que la sala reconoce un perjuicio indemnizable derivado de los hechos declarados probados. La Fiscalía, por su parte, había sostenido una acusación mucho más amplia en su escrito inicial, con un arco de delitos y penas muy superior al que finalmente ha quedado asentado en sentencia, y que también se desinfló a medida que avanzó la vista oral. Ha sido la declaración de una testigo protegida lo que ha supuesto la principal prueba de cargo.

CONDENAS MENORES Y UNA LISTA DE ABSUELTOS

Junto a la pena principal, la Audiencia condena a Radu Marcel Duda, considerado el principal colaborador en la causa, a cuatro años de prisión por agresión sexual, además de cinco años de libertad vigilada y el pago de 10.000 euros de indemnización a la misma víctima. El fallo añade, igualmente, la inhabilitación especial para profesiones u oficios con contacto habitual con menores durante el tiempo fijado por la sala.

También ha resultado condenado Costel Mihaita Moga a dos años de cárcel por un delito de lucro con la explotación sexual, con una libertad vigilada de un año a ejecutar tras el cumplimiento de la pena. En paralelo, la sentencia impone a Lubomir Matusik, defendido por Juan Carlos Macarrón, un año de prisión por tenencia ilícita de armas, y deja constancia de que deberá descontarse el tiempo ya pasado en prisión preventiva, que en su caso fue de cinco meses.

La resolución absuelve a seis acusados, al no considerar suficientemente probada su participación en los hechos o el encaje penal sostenido por las acusaciones. Entre ellos figura Pierre André de Col, además de otros procesados como Roberto B. B. M., defendido por Joaquín Tortajada, que queda exonerado al no acreditarse los extremos imputados. El resto de defensas han estado asumidas por Alfonso Francisco Delgado, Teresa Vicenta Arpal, Pere Joan Perete, Francisco Javier Catalán, Alicia Beltrán, Antonio Manuel Guiu y Antonio Fraguas.

Con el fallo ya notificado, se abre ahora el tramo decisivo, el de los recursos, en un caso que nació en 2020 tras la intervención en el club de Caspe y que ha terminado con una sentencia que reduce de forma drástica el perímetro de condena frente a la acusación inicial.