La defensa del conductor condenado por la muerte de Luismi recurre la sentencia y pide su absolución
El acusado fue condenado a cuatro años, dos meses y quince días de cárcel por el Juzgado de lo Penal nº6 de Zaragoza por un delito de homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones
La defensa de Víctor Gil, el conductor condenado por el accidente de tráfico en el que murió el joven futbolista Luis Miguel López “Luismi” en Fuentes de Ebro la noche del 8 de diciembre de 2022 en la N-232, ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Zaragoza en el que solicita su absolución o, de forma subsidiaria, una rebaja drástica de la condena. El escrito, firmado por la abogada Carmen Sánchez, tilda el fallo de “lectura fragmentada, selectiva y jurídicamente insuficiente” de la prueba y sostiene que no existe base técnica para condenarle por un delito de homicidio por imprudencia grave.
Según el recurso de apelación, al que ha tenido acceso ARAGÓNPRESS, la sentencia parte de “una premisa preconcebida” de grave infracción del deber de cuidado y construye después la responsabilidad “de forma retrospectiva”, vulnerando la presunción de inocencia. La defensa subraya que la propia resolución reconoce que “no se ha practicado prueba precisa sobre la velocidad” y que no existe informe reconstructivo del siniestro, ni cálculos de distancia de reacción, trayectoria de los vehículos o visibilidad real con niebla, pese a que estos elementos serían claves para diferenciar entre una imprudencia grave y una menos grave.
El conductor fue condenado a tres años y diez meses de cárcel por homicidio por imprudencia grave, según se dio a conocer el pasado 12 de noviembre, más cuatro meses y quince días por las lesiones causadas al otro conductor implicado. Tras la colisión frontolateral entre el coche del acusado y el de Luismi, el último, de 23 años, murió en el acto por un traumatismo craneoencefálico mientras que el acusado resultó ileso.
DUDAS SOBRE EL NEXO CAUSAL Y LA CONDUCTA DE LAS VÍCTIMAS
El documento también cuestiona el encadenamiento causal que hace la magistrada, María Concepción Montardit del juzgado de lo Penal nº6, al atribuir “la totalidad del resultado dañoso” a la conducta de Víctor Gil “sin valorar de forma detallada el comportamiento del resto de conductores implicados”. La defensa sostiene que el BMW al que intentaba adelantar el acusado aceleró cuando ya estaba siendo rebasado, y que el KIA en el que viajaban Luismi y su compañero colisionó por detrás contra el coche de Gil “a una velocidad tal” que lo lanzó al otro lado de la calzada y siguió avanzando varios metros hasta que el copiloto logró frenar. “Cuando menos existe una clara concurrencia de culpas o culpa exclusiva del vehículo de Luis Miguel”, se llega a afirmar en el escrito.
El recurso denuncia, además, que la sentencia no ha aplicado la doctrina del Tribunal Supremo sobre la necesidad de un juicio de evitabilidad técnicamente fundado en los delitos imprudentes. A juicio de la defensa, no se ha acreditado que, en una noche de niebla densa, ausencia de iluminación y calzada mojada, el resultado fuera objetivamente evitable con una conducción distinta por parte del acusado, ni se ha analizado si las reacciones de los otros conductores pudieron romper o compartir el nexo causal.
PENA “DESPROPORCIONADA” Y ATENUANTE “IGNORADA”
En otro de sus motivos, la defensa carga contra la pena impuesta y la califica de “desproporcionada” en comparación con otros casos mediáticos de homicidio imprudente en carretera, como los de Ortega Cano o Farruquito, en los que las condenas fueron sensiblemente inferiores. El recurso reprocha a la jueza que no haya aplicado la atenuante de reparación del daño, pese a que Víctor Gil ha consignado cantidades “de forma prácticamente mensual” durante dos años, además de las elevadas indemnizaciones ya abonadas por la aseguradora AXA. El acusado llegó a pasar más de 200 días en la cárcel y salió tras pagar 10.000 euros.
Como petición principal, la defensa, en manos de los abogados Carmen Sánchez Herrero y Luis Ángel Marcén, reclama a la Audiencia Provincial que revoque íntegramente la sentencia y absuelva a Víctor Gil al entender que no se ha probado una imprudencia grave ni el nexo causal en los términos exigidos por el Código Penal. De forma subsidiaria, solicita que los hechos se recalifiquen como imprudencia menos grave, con una pena de tres meses de multa, o, en último término, que se mantenga la imprudencia grave pero se reduzca la condena a un año de cárcel aplicando la atenuante de reparación del daño.