Condenado a 20 años de cárcel el autor de las 110 puñaladas en el crimen de la calle Lastanosa de Zaragoza

La sentencia confirma el ensañamiento y la alevosía acreditados por el jurado popular aunque condena al acusado a la pena mínima para el delito de asesinato. También ordena destruir la droga incautada y decomisar los 359.685 euros hallados en la vivienda
El autor del crimen en la calle Lastanosa de Zaragoza y acusado de asesinato, este miércoles en la Audiencia Provincial.
photo_camera El autor del crimen en la calle Lastanosa de Zaragoza y acusado de asesinato, en la Audiencia Provincial.

Ha pasado más de año y medio desde aquella noche en la que Tomás Jesús Irigoyen Laporta llamó a la puerta de un viejo amigo que vivía en el número 27 de la calle Lastanosa de Zaragoza. La víctima, José Luis Egea, le recibió en pijama, dispuesto a cenar, sin conocer el funesto desenlace que le esperaba. No solo por las 110 puñaladas que su antiguo camarada le asestó, sino por la violencia extrema, la ausencia de un móvil claro y el ensañamiento y la alevosía que el jurado popular dio por probados hace diez días en la Audiencia Provincial. Ahora, el fallo sanciona al asesino confeso a 20 años de cárcel, la pena mínima posible para un delito de asesinato.

La sentencia a la que ha tenido acceso ARAGÓNPRESS, firmada por la magistrada de la Sección Sexta, María Pilar Lahoz, reproduce el veredicto del jurado y considera acreditado cómo el acusado actuó “empleando una navaja para asegurar la ejecución y orientando su acción a impedir la defensa de la persona ofendida”. Además, fija una indemnización de 30.000 euros para la hija del finado, así como el pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.

A lo largo de las 31 páginas de resolución, la jueza subraya la brutalidad del ataque y afirma que “concurre ensañamiento porque Irigoyen, estando la víctima herida ya de muerte, siguió inflingiéndole más heridas con la intención de que sufriera más antes de morir”. La acusación particular, en manos del abogado José Luis Melguizo, solicitó 25 años de prisión al sumar la alevosía al ensañamiento, un criterio que el jurado también dio por probado.

UNA PENA MÍNIMA PESE A LA VIOLENCIA EXTREMA

Por su parte, la Fiscalía pidió 23 años al finalizar el juicio, mientras la defensa, representada por el letrado Eduardo Cremades, reclamó la pena mínima y defendió sin éxito las atenuantes de confesión, drogadicción, miedo insuperable y legítima defensa. Ninguna fue aceptada. Tampoco quedó acreditado el supuesto objetivo del acusado, quien afirmó que acudió al domicilio para pedir a la víctima que dejara de contactar con su expareja y su hija.

La sentencia, no obstante, sorprende por la aplicación de la pena mínima de asesinato pese a la extrema violencia del ataque. Los forenses describieron un forcejeo “rápido, violento y cuerpo a cuerpo”, con 80 de las puñaladas concentradas en cabeza, cuello y nuca. En la resolución, la magistrada recalca que el acusado actuó de forma “consciente y deliberada”, y que la segunda fase del ataque, cuando la víctima ya se encontraba agonizando, sin posibilidad de defenderse, produjo “lesiones innecesarias que solo podían aumentar el daño físico y el sufrimiento de la víctima”, un elemento esencial para fundamentar el ensañamiento.

EL ACUSADO PASÓ DOS DÍAS EN LA CASA ANTES DE CONFESAR

Tras cometer el crimen, Tomás Jesús no huyó inmediatamente. “Deambuló por varias dependencias de la casa de su víctima, abrió cajones, se tumbó en una cama”, recoge la sentencia. No llamó a la Policía ni pidió ayuda. No fue hasta la mañana del 5 de marzo, dos días después, cuando contactó con su hija para decirle que “había pasado algo muy grave”. Ella lo encontró malherido en el suelo y llamó a los servicios de emergencia. Desde ese día permanece en prisión provisional, una medida que ahora se mantiene, como mínimo, “hasta la mitad de la condena”.

El fallo también aborda las pruebas halladas en la vivienda de la víctima. 284 gramos de cocaína y 359.685 euros en efectivo, cantidades que fueron incautadas durante el registro policial. La sentencia ordena la destrucción de la droga y el comiso del dinero a favor del Estado. Las joyas localizadas en el domicilio y dos teléfonos móviles serán entregados a la hija de José Luis Egea.

LA RECONSTRUCCIÓN DEL CRIMEN

El juicio permitió reconstruir con detalle lo ocurrido aquel 3 de marzo de 2024. A las 22.00 horas, el acusado llegó al domicilio del fallecido. Pese a haber perdido la relación, la víctima abrió la puerta voluntariamente. Según los forenses, el encuentro derivó de inmediato en un enfrentamiento “rápido, violento y cuerpo a cuerpo”. No se pudo determinar quién portaba la navaja inicialmente, pero sí quedó acreditado que el acusado descargó sobre él más de un centenar de puñaladas.

La acusación particular mantuvo durante la vista que el móvil del crimen podía ser un intento de “vuelco” de droga, apoyándose en la presencia de estupefacientes y dinero en grandes cantidades. Esa hipótesis fue descartada en fase de instrucción y tampoco quedó probada ante el jurado. La Fiscalía, por su parte, consideró posible que el enfrentamiento obedeciera a disputas personales antiguas. Ninguna de estas versiones pudo acreditarse, dejando sin esclarecer la motivación del crimen que acabó con la vida de este vecino de Zaragoza.

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