Pide al juez que ordene a su expareja pagarle una pensión sabiendo que éste no puede recibir notificaciones del juzgado
Zaragoza.- Una mujer de 31 años ha aceptado una pena de ocho meses de prisión por solicitar la ejecución de sentencia para que su expareja le pasara una pensión de alimentos para su hija sabiendo que éste no puede recibir la notificación del juzgado al tener prohibida la entrada a España.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza le condena así por un delito de estafa procesal en grado de tentativa y además de la pena de prisión le obliga a pagar una multa de 960 euros, también de conformidad con la procesada.
Por sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Zaragoza, en 2013 se otorgó la guardia y custodia de la hija menor de edad a la madre, Judith Gisela G. C., fijando como pensión de alimentos 150 euros mensuales a pagar por el padre.
Fue la abuela paterna de la niña la que pagó "parte de la pensión mencionada", recoge la sentencia. En julio del año pasado, la madre de la menor, presentó una demanda de ejecución de la sentencia manifestando que su expareja no le había hecho ni un solo ingreso de 150 euros e interesando 3.600 euros (150 euros al mes por 24 meses).
Meses más tarde, en septiembre de 2015, el Juzgado de Primera Instancia dictó la orden de ejecución contra el padre por la referida cantidad más 1.080 euros de intereses. Este auto no pudo notificarse al progenitor de la menor, puesto que se encontraba fuera de España, en paradero desconocido. "Circunstancia que sabía la acusada, que también sabía que tenía una prohibición de entrada en España" en vigor desde el 29 de noviembre de 2011 hasta el 20 de noviembre de 2021".