El juzgado de Zaragoza da la razón a un agricultor que fue multado en las tractoradas de 2024
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Zaragoza ha estimado el recurso, presentado por el letrado Ignacio Gallego en representación de la asociación Aragón Es Ganadería y Agricultura-, frente a la multa de tráfico impuesta a uno de los agricultores asociados a AEGA. El motivo es que la resolución sancionadora de la Jefatura Provincial de Tráfico no cumplía correctamente con el principio de tipicidad.
Este agricultor decidió interponer un recurso a través de AEGA al no estar conforme con la sanción que se le impuso durante las conocidas tractoradas que paralizaron Zaragoza y otros muchos puntos de España el pasado 6 de febrero de 2024. Por aquel entonces, la manifestación propició el desfile de agricultores y ganaderos con tractores y vehículos pesados por autovías, autopistas, ciudades y carreteras de todo el país.
Tal y como ha indicado AEGA en un comunicado de prensa, no se describió de manera clara y concreta cuál fue exactamente la infracción cometida de conformidad con la Ley de Tráfico. La administración se limitó a una referencia genérica a varios artículos legales sin relacionarlos de forma precisa con los hechos denunciados, lo cual vulnera el principio de tipicidad. Es por ello que el Juzgado ha anulado la sanción porque no estaba debidamente fundamentada, resolviendo el dictamen a favor del socio de AEGA.
EL PRINCIPIO DE TIPICIDAD
El principio de tipicidad exige que toda conducta sancionable esté descrita de forma clara, precisa y previa en una norma con rango de ley. Esto implica que sólo puede sancionarse lo que está previamente definido como infracción en una ley.
También que la conducta atribuida al ciudadano debe encajar perfectamente en la descripción legal del tipo infractor, sin ambigüedades ni analogías y que la administración debe identificar con exactitud qué norma ha sido infringida, cómo y por qué, explicando los hechos de forma concreta.