Aragón lanza 675.000 euros en ayudas para impulsar cooperativas y sociedades laborales

El objetivo es mpulsar empleo estable, consolidar proyectos empresariales y reforzar la competitividad en Aragón
El INAEM publica nuevas ayudas para cooperativas y sociedades laborales. DGA
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Impulsar el empleo y consolidar proyectos empresariales en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales. Ese es el objetivo de la nueva convocatoria de subvenciones que ha publicado este jueves el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), dotada con 675.000 euros. Un instrumento que se renueva cada año y que vuelve a poner en el centro a la economía social como motor de un desarrollo más sostenible, participativo y arraigado al territorio.

Esta convocatoria se integra en el compromiso y colaboración de INAEM con la economía social, que comprende un conjunto diverso de entidades con distintos modelos de organización empresarial, sustentados en principios de cooperación, asociacionismo y ausencia de ánimo de lucro.

Este programa está cofinanciado por la Unión Europea (FSE+) y por el Gobierno de Aragón en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021 – 2027. La convocatoria incluye tres grandes líneas, pensadas para cubrir tanto la entrada de nuevas personas socias como la consolidación de proyectos en marcha.

REFUERZO DEL EMPLEO ESTABLE

La primera línea tiene por objeto fomentar la incorporación, con carácter indefinido como socias trabajadoras en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales aragonesas, de personas desempleadas, de personas con contrato de trabajo temporal o indefinido que no tengan aún la condición de socia, y de personas socias trabajadoras de duración determinada en la cooperativa o sociedad laboral en la que están integradas.

La cuantía de la subvención puede variar en función de la situación o colectivo de la persona incorporada, pudiendo ir desde 5.500 euros hasta 9.000 euros, con posibilidad de incrementos de hasta 1.000 euros en determinados casos.

APOYO DE LA COMPETITIVIDAD Y LA INNOVACIÓN EMPRESARIAL

La segunda busca la financiación parcial de inversiones materiales e inmateriales que contribuyan a la creación, así como a la consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales ya constituidas, incluidas aquellas que tengan su origen en un proyecto empresarial previo que sea objeto de transformación, relevo o sucesión por parte de las personas ocupadas o personas desempleadas, de forma asociada.

Se considerarán subvencionables las inversiones que se produzcan durante los cinco primeros años de actividad de la cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral. Para determinar el inicio de actividad se tomará como referencia la fecha del alta en el Impuesto de Actividades Económicas. El importe de la subvención, tendrá como límite el 50 % de los costes de adquisición de los activos, excluidos impuestos, con un máximo de 20.000 euros por entidad y convocatoria.

ACOMPAÑAMIENTO A COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

La última línea consiste en alguna de las siguientes modalidades: Contratación de directores o gerentes (no podrán ser personas socias de la entidad, al menos durante el período de tiempo por el que se otorgue la subvención, que no será superior a un año); estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga; e informes económicos y auditorías.

También para el asesoramiento en las distintas áreas de la gestión empresarial: Este supuesto no podrá referirse a tareas de asesoramiento que por su naturaleza tengan carácter ordinario y continuado en la actividad de la empresa, debiendo circunscribirse únicamente a aquellas de carácter extraordinario que afecten a la viabilidad de la misma, o sean necesarios para la puesta en marcha de proyectos orientados a incorporar la innovación en los procesos de gestión y organización o a la implantación de nuevas tecnologías en el campo de la sociedad de la información y la comunicación, que contribuyan a una mejora de su competitividad.

La cuantía de la subvención a conceder, será de hasta el 75 % del coste de los servicios prestados, con una cuantía máxima de 20.000 euros en un periodo de 5 años. Las subvenciones, se concederán por orden de llegada, según la fecha y hora de presentación de las solicitudes que cumplan los requisitos, hasta agotar el crédito disponible. Es importante tener en cuenta que el plazo de solicitud, varía según la línea de la ayuda, por lo que se recomienda consultar la convocatoria.