Los patinetes necesitan un certificado para circular desde el 22 de enero de 2024, según la DGT
Los vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los populares patinetes eléctricos, necesitarán un certificado de circulación a partir del 22 de enero de 2024 que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa española e internacional.
Los que se vendan hasta esa fecha podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan del certificado de circulación. Desde entonces, solo podrán usarse los que estén certificados.
La Dirección General de Tráfico (DGT) recordó este miércoles ese requisito con motivo del Black Friday, por el que estos días hay ofertas de numerosos productos y numerosas personas se planteen comprar un patinete eléctrico como regalo para las Navidades.
Así lo establece el 'Manual de características de los vehículos de movilidad personal', elaborado por la DGT y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 21 de enero de 2022. Con ese documento, Tráfico pretende velar por la seguridad vial, la protección al conductor de ese tipo de vehículos y la del resto de usuarios de las vías, y garantizar que los VMP que se pongan en el mercado tengan unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles.
La DGT recomienda consultar la web ‘www.dgt.es/vmp’, donde encontrará las marcas y modelos que ya certificados y que cumplen todos los requisitos recogidos en el mencionado manual.
De esta forma, la persona interesada podrá comprar un producto con ciertas garantías y que puede utilizar en el tiempo, ya que a partir del 22 de enero de 2027 solamente podrán circular los VMP certificados por las autoridades competentes.
¿QUÉ ES UN VMP?
Un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos (baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada) que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h y que sólo pueden estar equipado con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.
Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida, los juguetes, las bicicletas de pedaleo asistido y los vehículos tipificados como ‘L’ según el Reglamento 168/2013 de la UE.
Los VMP, al ser autopropulsados exclusivamente por motor eléctrico, les corresponde la clasificación ambiental ‘Cero’ emisiones y están exentos de llevarlo visible.
La circulación de estos vehículos está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos. Tampoco pueden ir por las aceras en ámbito urbano.
Al ser considerados como vehículos a todos los efectos, sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto.