La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exdirigente de Podemos Pablo Echenique de un presunto delito de odio por la publicación de un tuit en 2024 en el que hablaba de "deportar sacerdotes" que hubieran abusado sexualmente de menores.
En la sentencia, el tribunal considera que el mensaje de Echenique, publicado en 2024, fue “desacertado” e “impropio” de alguien con proyección pública, pero concluye que no se ajusta a los supuestos que sancionan la incitación al odio, la discriminación, la hostilidad o la violencia contra determinados colectivos.
APERTURA DE JUICIO ORAL
Hay que recordar que el Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid decidió en marzo de 2025 abrir juicio oral contra el exdiputado de Podemos Pablo Echenique por un tuit en el que planteaba “deportar sacerdotes” implicados en casos de abusos sexuales a menores. El procedimiento se inició a raíz de una denuncia presentada por la fundación Abogados Cristianos por un presunto delito de odio.
En ese mensaje, Echenique afirmaba: “Estadísticamente, es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante. Desde el punto de vista de la seguridad ciudadana sería más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria”.
La entidad denunciante sostenía que en España existe una corriente de “cristianofobia” y que, en este caso, los hechos podrían encajar en un delito de provocación a la discriminación o al odio tipificado en el artículo 510 del Código Penal.
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