El uso de las pantallas en los centros escolares estará limitado a partir del curso 2026-2027. Así lo ha explicado este viernes la consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, Tomasa Hernández, quien ha apuntado que esta medida trata de erradicar “los problemas detectados en el aprendizaje por la utilización excesiva de dispositivos digitales, como tablets, Chromebooks o cualquier dispositivo de uso individual”.
Entre esos problemas, ha indicado la consejera, se encuentra “la falta de concentración” y la “escasa sociabilidad que permite”. Se trata así de una medida cuyo proyecto de orden, ha explicado Hernández, van a llevar a llevar al Consejo Escolar para que hagan sus aportaciones, y que viene en consonancia con la Comisión Especial de estudio, constituida en las Cortes para el próximo lunes, 1 de septiembre, en la que se pide reforzar la protección de la infancia y la adolescencia frente al impacto del uso de la tecnología en la Comunidad autónoma de Aragón.
A este respecto, la consejera ha indicado que la educativa sigue siendo la etapa en la que la incidencia de las tecnologías es mayor, puesto que “se trata de edades en las que la personalidad está en periodo de formación, y la incidencia de estas tecnologías es mucho más aguda que cuando se utiliza por adultos”. Es por ello que las restricciones en el uso de dispositivos se harán dependiendo de la etapa educativa del alumno, atendiendo así a su edad y a su grado de madurez.
PERIODO DE TRANSICIÓN
Esta medida afectará a los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos y entrará en vigor en el curso 2026-2027. Sin embargo, se establecerá un periodo de transición de un curso para aquellos centros que cuenten con políticas tengan ya implantado este curso 2025/2026 un proyecto que requiera el uso individual de dispositivos digitales para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Estos centros dispondrán hasta el 31 de agosto de 2027 para adaptarse a las instrucciones, siendo por tanto el curso 2027.2028 el momento en el que las medidas estarán implantadas de forma obligatoria en todos los centros del territorio. No obstante, a partir del curso 2026/2027 no podrán incorporar nuevos grupos de alumnos al proyecto. Además, la consejera ha avanzado que se podría contemplar la transitoriedad para las licencias digitales.
Una vez entre en vigor la medida, las herramientas digitales no podrán constituir el instrumento básico sobre el que se construya el proceso de enseñanza-aprendizaje. No obstante, podrán utilizarse gestionando su uso desde un enfoque didáctico, para enriquecer el sistema de enseñanza, y a modo de complemento necesario a los recursos analógicos.
NUMEROSAS QUEJAS DE LAS FAMILIAS
Estas medidas dan respuesta a la preocupación de las familias y a las numerosas alertas que instituciones públicas y privadas y asociaciones científicas están manifestando acerca de la necesidad de proteger a los menores y de garantizar un uso correcto de la tecnología.
El Departamento aboga por que la vinculación del alumnado con la tecnología concilie la adquisición de la competencia digital –necesaria para la futura inserción del alumnado en un mundo cada vez más digitalizado- con un uso seguro, saludable y responsable de los dispositivos tecnológicos, que deben atender a su edad y a cada etapa educativa.
Tras la limitación de los móviles acordada en el curso 23/24, la Consejería da un paso más allá y apuesta ahora por una supervisión activa del uso que hacen niños y adolescentes del resto de dispositivos individuales (tablets, chrome books), para que el tiempo de conexión no afecte ni a su salud mental, ni a sus relaciones sociales y familiares, ni repercuta en su rendimiento académico.
El objetivo de la futura regulación, tal y como ha detallado la consejera, es que los centros incorporen a su proyecto educativo un modelo que, aun manteniendo una base tecnológica, comience a desligarse de la enseñanza a través de los dispositivos digitales, particularmente de las tablets, y fomente el uso de libros de texto en papel y la escritura manual.
RESTRICCIÓN POR ETAPAS EDUCATIVAS
La propuesta de instrucciones delimita los dispositivos digitales en función de los diferentes niveles de enseñanza. Así pues, en el primer ciclo de infantil (0-3 años), el uso de pantallas estará completamente prohibido, utilizándose exclusivamente recursos analógicos y manipulativos. En el segundo ciclo (3-6 años) se introducirán de forma progresiva, limitándose a una hora lectiva semanal y siempre bajo la supervisión del docente.
En Primaria, se establece el uso prioritario del papel o cualquier otro recurso analógico y las tecnologías digitales se usarán como método complementario para actividades o tareas concretas a realizar en el aula bajo la supervisión del docente. Para el primer y segundo ciclo (de 1º a 4º), el tiempo de uso compartido de dispositivos digitales no podrá ser superior a dos horas lectivas semanales, y en el tercer ciclo (5º y 6º) se dedicará un máximo de 4 horas a la semana.
En cuanto a la Educación Secundaria Obligatoria, los recursos digitales podrán ser utilizados como herramienta didáctica durante una hora durante la jornada lectiva diaria en 1º y 2º, y en el caso de 3º y 4º el uso no podrá ser superior a dos horas. Por lo que respecta a la Formación Profesional Básica, el tiempo máximo de uso será de dos horas al día. Por último, en el resto de enseñanzas no universitarias se utilizarán las tecnologías digitales armonizando su uso con los recursos analógicos.
En todo caso, las instrucciones permiten el empleo en las aulas de otros dispositivos digitales de uso no individual, como pizarras digitales o monitores interactivos, siempre que sean empleados bajo supervisión docente con una finalidad educativa. Además, se exceptúan también las enseñanzas que se impartan telemáticamente o en régimen de semipresencialidad.
DEBERES Y ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Además, y de acuerdo con las limitaciones para cada etapa, se evitará que el alumnado realice tareas académicas evaluables fuera del horario escolar utilizando dispositivos digitales, salvo en aquellas situaciones que concurran razones de necesidad y excepcionalidad. Asimismo, los centros docentes garantizarán que el alumnado con necesidad de apoyo educativo que lo requiera pueda utilizar los dispositivos sin estas limitaciones horarias y podrán autorizar, excepcionalmente, el uso a determinados estudiantes atendiendo a circunstancias personales y necesidades educativas debidamente justificadas.
Una vez se aprueben las instrucciones, todos los centros deberán incluir los términos de utilización en su programación general anual y en el plan digital del centro. Con fecha límite 1 de septiembre de 2027, tendrán que tener adecuado el proyecto educativo de centro.
Para su aplicación efectiva, la consejera ha asegura que se contará con el "control del Servicio de Inspección", así como con "la implicación de las familias" dado que es una "medida beneficiosa" para sus hijos, a las que corresponde también supervisar el uso correcto de la tecnología al margen de las tareas docentes. "Todo es positivo si se utiliza bien, pero ante la opinión de los expertos, tenemos que actuar", ha concluido.
