FUE APROBADO POR EL AYUNTAMIENTO

El TSJA declara nulo el Plan Especial para la construcción de Torre Village

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dictado sentencia en el caso de los aprobado por el Ayuntamiento de Zaragoza para la construcción del complejo comercial Torre Village.

El Tribunal, estimando el recurso presentado, declara la nulidad del Plan Especial del Área por vulneración del principio de jerarquía normativa y por infracción de instrumento de planeamiento de rango superior, al ir más allá de lo que el Plan General de Ordenación Urbana establece, introducir usos no contemplados en él, y por convertir en dominante un uso no contemplado como tal en el PGOU.

El pasado 23 de diciembre de 2016 “Yo compro en Las Fuentes” y otros 10 colectivos más presentaron recurso contencioso administrativo en el TSJA contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, de 24 de octubre de 2016, de aprobación definitiva del Plan Especial del Área de Intervención H-61-5. En su recurso solicitaban a la Sala que se declarara la nulidad absoluta del acuerdo o, en su caso, se anulara la resolución.

Los magistrados en su sentencia expresan que el Plan Especial ha entrado en cuestiones que afectan a la estructura general del urbanismo de la ciudad y que corresponden en exclusiva al Plan General de Ordenación Urbana. Inciden en que un Plan Especial no puede nunca sustituir al PGOU en lo que a clasificación del suelo se refiere, fijación de la estructura general y, en este caso en concreto, en materia de limitación de usos. Entienden, por ello, que se ha vulnerado el principio de jerarquía normativa.

Reconocen los magistrados en su sentencia que el PGOU dista de ser claro a la hora de identificar el uso dominante de los sectores de las Zonas H, y que la ampliación de los usos no se ha hecho por la vía adecuada, que sería la modificación del PGOU, sino completando en el Plan Especial la regulación de usos posibles y añadiendo usos admisibles no previstos en el PGOU.

Por ello, concluyen que el Plan Especial transforma la configuración inicial del PGOU, que establecía los terrenos como polígono industrial, en un parque comercial o centro comercial con establecimientos de venta de saldos y ocasión alterando con ello las limitaciones de uso establecidas previamente e introduciendo nuevos usos no previstos en el PGOU. En este sentido aclaran que la situación no es comparable al plan parcial que permitió la construcción del complejo Puerto Venecia.


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