Piden al TSJA que se eleve a 22 años y medio la pena del hombre que ahogó a su novio en Alcañiz

El acusado ha seguido el juicio desde prisión
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La acusación particular del hombre que murió ahogado a manos de su novio en una piscina de Alcañiz ha recurrido esta mañana en el TSJA la sentencia que condenó al homicida a 15 años y ha solicitado que se contemple la alevosía para elevar la pena a 22 años y medio por asesinato. El juicio se celebró el pasado mes de marzo en la Audiencia Provincial de Teruel y durante el mismo, el jurado popular condenó al novio por homicidio a quince años de prisión contemplando los agravantes de abuso de superioridad y parentesco y la atenuante de drogadicción. El acusado, Jorge Joaquín M.M., en el momento de lo ocurrido tenía 29 años y su pareja tenía nueve años más. Ambos residían en Aldaya (Valencia) pero habían ido a la finca de los padres del acusado en Alcañiz a pasar unos días de vacaciones. Tras pasar todo el día bebiendo alcohol y fumando marihuana en la capital del Bajo Aragón, comenzaron a discutir y una vez de vuelta en la finca, Jorge Joaquín estranguló con el collar que llevaba a su pareja para continuar ahogándolo en la piscina, donde acabó con su vida. La acusación particular de la familia del finado, ejercida por los letrados Amparo García Tamarit y Miguel Martorell Briz, consideran que la muerte se ejerció con alevosía sobrevenida y piden un cambio en la sentencia. Por ello creen que la alevosía “no requiere la eliminación de la defensa” ya que en la sentencia se explica que la víctima trató de zafarse cuando Jorge Joaquín M.M. lo estrangulaba. Después, sigue la sentencia, lo ahogó en una piscina de una finca de Alcañiz. Es aquí donde la acusación ve la alevosía sobrevenida -y por ello el asesinato- ya que “la víctima estaba con el cuello roto y sin consciencia” y que “se aprovechó de esta indefensión para ahogarlo, aniquilando cualquier tipo de defensa”. Con esta petición, si el TSJA lo ve factible, se podría elevar a asesinato, ya que uno de los preceptos para que se dé este delito se produzca es la alevosía, en este caso, según dicen, la sobrevenida. Por ello, esta acusación pide 22 años y medio. La Fiscalía se ha adherido a esta parte del recurso y solicita al tribunal 20 años de prisión. “Se relata una alevosía sobrevenida en el momento en el que arrastra a la persona hasta que la ahoga”, ha añadido el fiscal. La misma acusación también ha pedido que la atenuante que la sentencia asumió de drogadicción por el consumo de marihuana también se desestime. “La sentencia aprecia una atenuante analógica por el mero hecho de consumo de marihuana, pero no ha quedado acreditado”, ha explicado Tamarit. Jorge Joaquín M.M. sí que obtuvo un resultado positivo de marihuana en una prueba de orina, pero para la acusación “no conllevaría necesariamente que se aplicase un atenuante”. La defensa del reo, dirigida por el abogado Fernando del Campo, defiende que los miembros del jurado “entendieron que no existía alevosía” y que en la sentencia quedó plasmado que la víctima “hacía esfuerzos por zafarse”. Siguiendo esta línea, Del Campo ha explicado que el jurado también consideró probado que la marihuana que tomó aquel día afectó a las capacidades volitivas de su cliente. Además, afirma que la responsabilidad civil establecida es “arbitraria” y que los parámetros utilizados, los mismos que los de víctimas de tráfico, “no utilizan ningún argumento objetivo”. La sentencia exigió el pago de 220.000 euros entre los padres y los hermanos.