Absuelto un hombre acusado de agresión sexual a su esposa por insuficiencia de pruebas

Los hechos habrían ocurrido el 18 de septiembre de 2020
photo_camera Los hechos habrían ocurrido el 18 de septiembre de 2020
La Sección Primera de la Audiencia de Zaragoza ha absuelto a un hombre, Marcos A. M., nacido en Venezuela, del delito de agresión sexual del que le acusaba su esposa por insuficiencia de pruebas. El tribunal ha expuesto en la sentencia las “dudas” sobre la falta de consentimiento de ella y del comportamiento violento de él, por lo que, en base al principio de “in dubio pro reo”, tanto en la supuesta agresión sexual como en las lesiones leves, han decidido no condenarle. Los hechos habrían ocurrido el 18 de septiembre de 2020, cuando el acusado, alrededor de las 3.00 horas, propuso a su esposa “E” mantener relaciones sexuales, “metiéndose seguidamente en su cama y procediendo a penetrarla vaginalmente y eyacular dentro de ella”, cita la sentencia, “no constando acreditado que mostrara ésta su voluntad contraria a dicha relación”. Posteriormente, ambos mantuvieron una discusión con enfrentamiento físico, en la que la mujer sufrió una herida en un brazo y otras dos superficiales en el flanco izquierdo. En la pelea, Marcos A. M. sufrió erosiones en el cuello, tórax y brazos. En la vista oral, la esposa decidió no declarar, por lo que los jueces solo contaban “con lo declarado por los agentes policiales que escucharon la versión inicial de la denunciante”, que fueron ratificadas por una testigo, “que dijo haber visto como el acusado propinaba una patada a su esposa y haber escuchado de ésta que su marido había intentado violarla”, afirma la sentencia. No obstante, añaden los jueces, la negativa de la víctima a declarar, y “habiendo negado rotundamente el procesado la relación sexual inconsentida”, esos testimonios “han de desconectarse de anteriores declaraciones de la víctima, sin que puedan llegar a conformar, por sí mismos, una prueba de cargo plena”. La Fiscalía había pedido una pena de diez años de prisión, con inhabilitación absoluta durante la condena y la prohibición de aproximarse a 200 metros del domicilio o donde se encuentre la esposa, así como de comunicarse con ella durante once años y seis meses. La defensa solicitó la libre absolución. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el TSJA durante diez días.