Las mascarillas ya no son obligatorias en los estadios pero sí se recomienda su “uso responsable”

El BOE sugiere un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado. Foto: Real Zaragoza
photo_camera El BOE sugiere un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado. Foto: Real Zaragoza
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya ha publicado el Real Decreto que regulará desde este mismo miércoles el uso de las mascarillas, retirando su uso obligatorio en espacios interiores salvo hospitales y centros de salud, residencias, farmacias y transporte público. Asimismo, el texto recomienda su uso en otros ámbitos, como los eventos multitudinarios, por ejemplo, los deportivos, y deja en manos de las empresas su aplicación en los puestos de trabajo. Igualmente, el texto recomienda la mascarilla para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por Covid-19 en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a una distancia menor de 1,5 metros. Por ello, sugiere un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado, como serían los comercios, bares o restaurantes, así como reuniones o celebraciones privadas. En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas. Por el contrario, se mantiene la obligatoriedad del uso de mascarilla, en primer lugar, en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, puesto que, tal y como recoge el BOE. son “ámbitos donde puede haber una mayor concentración de personas vulnerables en las que el riesgo de enfermedad grave es mayor”. Además, son espacios donde “la probabilidad de transmisión es más alta”, ya que “son lugares donde puede haber mayor número de personas con infecciones respiratorias transmisibles, además de la Covid-19”. En segundo lugar, el Real Decreto establece que debe atenderse a la situación específica de los centros sociosanitarios y, en particular, de las residencias de mayores porque “la probabilidad de transmisión también es elevada”. Sin embargo, no será obligatoria por los usuarios ya que el centro constituye “el domicilio de las personas que allí residen” el uso permanente de la mascarilla “afectaría al bienestar de estas personas”. Por último, señala el BOE que, en los medios de transporte, se concentra mucha población en espacios pequeños, con poca distancia interpersonal, a veces durante largos periodos de tiempo. “Si bien muchos transportes cuentan con buenos sistemas de ventilación dotados con filtros de alta eficiencia, esta ventilación no siempre está garantizada en todos ellos. Es por ello que, en este ámbito, la probabilidad de transmisión en ausencia de mascarilla puede ser elevada, con un impacto moderado teniendo en cuenta la diversidad de personas expuestas, entre las que podría haber algunas especialmente vulnerables", señala la nueva norma.