El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Zaragoza ha rechazado aplicar medidas cautelares para suspender el Congreso del PAR, dando validez a la elección de la Ejecutiva de la formación. Los críticos del PAR presentaron una demanda para que no se aplicaran los “efectos jurídicos” del cónclave del Partido Aragonés, en el que Arturo Aliaga fue reelegido como presidente.
Según el juez, esta medida es “instrumental” y, por ende, la acción principal debe de estar dentro de plazo para que cualquier decisión tenga efecto, algo que no sucede en este caso, motivo por el que desestima las cautelares solicitadas por el militante crítico Xavier de Pedro. Añade también que debe existir un periodo para impugnar las decisiones y que sería entonces cuando habría que solicitar las medidas cautelares. De otro modo, “los plazos de impugnación serían inútiles ya que bastaría con interponer una medida cautelar para paralizar la eficacia de los acuerdos”, afirman.
Del mismo modo, expone el juez en que los críticos del PAR sí tenían la posibilidad de interponer una reclamación ante la Secretaría General del partido y que, en caso de resolución negativa, podían interponer un recurso ante la comisión ejecutiva. “No constan ninguna de estas reclamaciones o recursos más allá de una denuncia al defensor del militar del 7 de septiembre de 2021”, ha resaltado, añadiendo que el acuerdo que se impugna es del 21 de junio y la demanda es de 5 de octubre, por lo que “han transcurrido los 40 días de plazo”.
Date de alta para recibir nuestros boletines directamente en tu correo.