El TSJA pide a DGA y Fiscalía presentar alegaciones ante una posible inconstitucionalidad por el pasaporte Covid

Los toques de queda fueron propuestos el pasado jueves por el Gobierno de Aragón
photo_camera Los toques de queda fueron propuestos el pasado jueves por el Gobierno de Aragón
Ante la petición del Gobierno de Aragón de instaurar el denominado pasaporte Covid en la Comunidad, la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Aragón (TSJA), ha dictado este lunes una providencia pidiendo a las partes que hagan sus alegaciones por un posible vicio de inconstitucionalidad del artículo 10.8 de la LJCA. Ahora las partes disponen de un plazo de diez días para hacerlas llegar al propio tribunal. Desde el Ejecutivo están analizando la resolución y explorando fórmulas para implantar dicho pasaporte. El pasado viernes, la DGA solicitó al TSJA poder aplicar el pasaporte Covid en celebraciones como las cenas de empresa, ocio nocturno y cualquier evento con más de 500 personas en el interior o de 1.000 en exteriores, incluidos los partidos en La Romareda o El Alcoraz, entre otros. La providencia En la providencia, los magistrados, como ya ha ocurrido en resoluciones anteriores, reiteran que lo que se presenta a consideración del órgano judicial es una decisión de la Administración, por lo que razonan que podría existir un posible vicio de inconstitucionalidad del artículo 10.8 de la LJCA. Explican que “el artículo 10.8 de la LJCA, cuestionado ahora en su constitucionalidad, dota a la jurisdicción de una dimensión diferente a la que le corresponde como propia, que no es otra que la de jurisdicción revisora”. Añaden también que el mencionado artículo de la LJCA “propone en estos casos una solución de cogobierno que excede de las funciones propias de la jurisdicción, conforme a lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Española, y la hace partícipe en un proceso de toma de decisiones que solo compete, por principio, a la Administración, tal y como se desprende del artículo 106.1 de la Constitución Española”. En su resolución aclaran los magistrados que no se trata de generar una situación de “bloqueo”, ya que tampoco la administración queda “impedida de adoptar las medidas que estime oportunas para cumplir con su también función constitucional”. Concluyen afirmando que “la propia Administración actúa en cada caso como tiene por oportuno y más correcto, y el tribunal se limita al cumplimiento estricto de lo que la Ley le impone”. Por todo ello es por lo que plantea el tribunal un potencial vicio de inconstitucionalidad. Ante esta providencia cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días. "Hoy por hoy no pensamos en restricciones" Este mismo lunes, antes de conocer la noticia, la consejera de Sanidad, Sira Repollés, había señalado “la expectación” ante la posible resolución que pueda tomar el TSJA acerca de la obligatoriedad de exigir el pasaporte Covid en el ocio nocturno, eventos y grandes celebraciones. No obstante, ha incidido en que la gestión de la pandemia “no pasa por establecer medidas restrictivas o quirúrgicas en según qué poblaciones”. “Si son necesarias o la situación se aleja de lo previsible, estableceremos medidas. Pero hoy por hoy no estamos pensando en otras restricciones”, ha asegurado. En este contexto, refiriéndose a la situación epidemiológica de la Comunidad (Aragón es la autonomía con mayor tasa de ocupación de UCIS), la responsable autonómica en matera sanitaria ha manifestado que “no tenemos cifras preocupantes ni creo que lleguemos a tenerlas”. “En esta séptima ola la situación no es comparable con olas anteriores porque la enfermedad grave es mucho menos frecuente. Una persona no vacunada tiene nueve veces más de posibilidades de entrar en la UCI que una vacunada y en estos momentos tenemos más de 100.000 personas no vacunadas y más de un millón de personas vacunadas”, ha insistido.