El TSJA deniega medidas cautelarísimas pedidas por los empresarios de cines

Los magistrados no aprecian “circunstancias de especial urgencia” para adoptar esta medida sin oír a la parte contraria
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Los magistrados de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón acaban de hacer público un auto en el que deniegan la adopción de medidas cautelarísimas solicitadas por la Federación de Cines de España contra la Orden SAN/790/2021, de 8 de julio, de modulación de medidas del nivel de alerta sanitaria 2 aplicables en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza.

Los magistrados manifiestan en el auto que no aprecian “circunstancias de especial urgencia” para adoptar esta medida sin oír a la parte contraria, es decir, el departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, ni que la demora en adoptar una resolución pueda causar perjuicios de difícil reparación. En este sentido hacen notar, que la Orden que se recurre fue dictada el 8 de julio y que el sello de entrada del recurso en la Sala tiene fecha del 15 de julio.