El asesino de Naiara pide una reducción de condena porque "no pretendía ese resultado"

El tribunal confirma “plena y rotundamente” la agravante de alevosía al tener en cuenta que el jurado ya la consideró probada // Foto: EFE
photo_camera El tribunal confirma “plena y rotundamente” la agravante de alevosía al tener en cuenta que el jurado ya la consideró probada // Foto: EFE

Las defensas de los acusados no se quedaron conformes con el veredicto por el asesinato de la niña Naiara el pasado mes de octubre. El juez emitió la prisión permanente revisable, la primera en la historia democrática de Aragón, al asesino confeso, el tío político de la niña, Iván Pardo Pena, y envió a la abuelastra y al padrastro, Nieves Pena y Carlos Pardo, a prisión dos años por malos tratos a la pequeña. La defensa de Iván pide una reducción de su pena alegando que “nunca pretendió ese resultado” por unas pruebas psiquiátricas que alegarían un trastorno que hubiera cambiado su capacidad de actuación.

La defensa del asesino confeso, María Gabasa, ha señalado que, en las sesiones celebradas en octubre del 2020, no se tuvo en cuenta unas periciales psicológicas y psiquiátricas que demostraban que el asesino sufriría un Trastorno Orgánico de la Personalidad y que le hubieran afectado directamente a “la capacidad volitiva” de Iván Pardo, por lo que no sería asesinato sino un delito de homicidio con preterintencionalidad, algo que, según su defensa, disminuiría su pena.

La letrada de Iván defiende por lo tanto que su cliente pretendía “corregir, castigar y lesionar” a Naiara pero que “nunca pretendió el resultado”.

Otra parte disconforme ha sido la defensa de la abuelastra y padrastro, Nieves Pena y Carlos Pardo, que, tal y como sale de las sesiones, conocían las torturas y vejaciones que estaba sufriendo la pequeña en el piso donde pasó una semana en Sabiñánigo en el verano de 2017. Por este delito, fueron enviados a prisión dos años por malos tratos. Su defensa, ejercida por el abogado José Luis Vives, ha afirmado que, durante el registro domiciliario junto a Iván, “estuvo sin letrado” algo que convertiría “la obtención de pruebas” a una forma “ilícita e irregular” por lo que solicita una “nulidad de las actuaciones”.

Para sus defendidos, Nieves y Carlos, ha pedido la reducción de la pena por “una ausencia fundamental de la condena por malos tratos”.

La acusación particular del padre de la criatura, Manuel Briones, que reside y residía en Argentina durante los hechos ha solicitado una equivalencia en la indemnización con la madre biológica y que se eleven las penas a Carlos y Nieves de dos a tres años.

La Fiscalía y la acusación particular de la madre de Naiara, Mariela Benítez, corroboran y confirman la sentencia y recurren a la “contundencia” del veredicto del Jurado Popular a la hora de entregar las penas correspondientes. El abogado de la madre, Antonio Marín, ha desestimado la reducción de la condena de la defensa de Iván alegando las tres horas que permaneció la niña con una fractura craneal sin atención médica.