El BOA publica hoy la nueva normalidad que permite aforos al 75%, pero mantiene cerrado el ocio nocturno

Hostelería y empresas turísticas recibirán ayudas para reactivar su economía
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El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado este viernes el decreto de nueva normalidad que permitirá un aforo del 75 % con carácter general en establecimientos comerciales, de restauración, culturales y deportivos a las localidades que habían retrocedido a Fase 2. El decreto afecta a la comarca central, Zaragoza capital incluida, Bajo Aragón–Caspe, Bajo Cinca y Huesca capital.

Sin embargo el ocio nocturno se mantendrá cerrado. Es decir, locales como discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

En los bares, se deberá garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio de barra, que se recupera en toda la Comunidad. También habrá un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas.

Las terrazas de los establecimientos de hostelería podrán tener un aforo del 100%. Pese a ello, seguirá estando prohibido fumar en ellas y en la vía pública cuando no se pueda mantener los dos metros de distancia.

El horario de cierre se mantendrá a las 1.00 horas para bares y restaurantes. La orden establece que en los eventos de carácter multitudinario se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria, para lo que los organizadores deberán elaborar un plan de actuación en el que se contengan las medidas de prevención y control previstas para su desarrollo.

El inicio del curso escolar 2020/2021, en todos los niveles y etapas será presencial en un contexto de normalidad que permitirá recuperar los déficits de enseñanza-aprendizaje que se han presentado a causa de la suspensión temporal de la actividad lectiva presencial en todos los ámbitos de actuación del sistema educativo.

Igualmente se recomienda a la ciudadanía que se limiten en la medida de lo posible los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que dicho encuentros no superen un máximo de diez personas.

En cuanto a las residencias, la orden establece una limitación de las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día, con escalonamiento de las visitas a lo largo del día.

Asimismo, se permite la apertura de las áreas de juego y biosaludables, zonas deportivas o espacios de uso público al aire libre.