Opinión

Cambiamos tiempo por dinero

Un veterano funcionario de una entidad local aragonesa comentaba, en privado con sus compañeros, esta frase en la que hacía referencia a la situación de desmotivación, desidia, desorganización, falta de dirección y de contenidos reales de su puesto de trabajo en una oficina burocrática donde solo se trabajaba en  función de los expedientes administrativos que entraban y salían, que había que tramitar, de tal forma que nadie podía realizar formalmente ni más ni menos que las funciones asignadas formalmente en lo que se llama la RPT (relación de puestos de trabajo), lo que hacía su jornada laboral larga e improductiva.

Aunque en la Administración pública ya se ficha desde hace muchos años, -aunque no todos-, desde el 12 de mayo de 2019, ya es obligatorio fichar a la entrada y salida en los trabajos (Registro de jornada) tras la aprobación de un Real Decreto-ley que modificaba el Estatuto de los Trabajadores. El Estatuto Básico del Empleado Público establece entre sus derechos de carácter individual el desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición profesional y el de  participar en la consecución de los objetivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar. Entre los deberes de los empleados públicos, formando parte de su Código de Conducta, está desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas correspondientes a su puesto de trabajo cumpliendo la jornada y el horario establecidos.

En los medios de comunicación se hizo pública recientemente la noticia de que un Ayuntamiento colocaría máquinas de control horario a los funcionarios en 53 edificios municipales. Los dispositivos, que costarían 188.000 euros, incluyen un sistema de lectura de la huella digital y estarían a final de año. Añadieron que este tipo de dispositivos facilitan la gestión del personal en tiempo real, además de controlar el absentismo. Respecto a esta última cuestión, las mencionadas fuentes explicaron que, aunque no es un problema, el Ayuntamiento “debe dotarse de herramientas para decir que los trabajadores cumplen”.

El funcionario citado comentaba también que para ellos lo más importante del día era muchas veces fichar a la entrada y la salida, y del mes, cobrar la generosa nómina que le ingresaban en cuenta, pues su trabajo tenía pocos contenidos, y por tanto, pocos atractivos, con un clima laboral indescifrable. Recordaban los afectados/as frases de superiores y de políticos: “Tú vete a casa que ya te llamaremos; o si no estás de acuerdo vete a los tribunales…”.

La legislación de Función pública prevé el instrumento de la evaluación del desempeño: las Administraciones Públicas establecerán sistemas que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados. Consiste en un procedimiento mediante el cual se mide y valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados. Estos sistemas se adecuarán siempre a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación y se aplicarán sin menoscabo de los derechos de los empleados públicos. Las Administraciones Públicas determinarán los efectos de la evaluación en la carrera profesional, la formación, la provisión de puestos de trabajo y en la percepción de las retribuciones complementarias. La continuidad en un puesto de trabajo obtenido por concurso quedaría vinculada a la evaluación del desempeño de acuerdo con los sistemas que cada Administración Pública determine, dándose audiencia al interesado, y por la correspondiente resolución motivada.

Para ello, hay que hacer con urgencia un estudio en profundidad por un equipo externo e imparcial de la valoración real de los puestos de trabajo existentes en las plantillas (qué hacen en su jornada, a qué se dedican, qué están dispuestos a hacer, qué preparación tienen, cuánto tienen que cobrar, cuál es su disponibilidad, qué opinan sobre su trabajo….), y simultáneamente una reforma administrativa que simplifique y agilice el funcionamiento de la entidad. Hay muchos empleados/as públicos infrautilizados a los que se les puede sacar un mayor aprovechamiento profesional. Los contribuyentes no podemos permitir este dispendio de recursos humanos.

¡A qué esperamos pues!