La "desfasada" Ley de Juego será modificada en Aragón para frenar el repunte de adicción entre los menores

La norma vigente se estableció hace ya dos décadas
photo_camera La norma vigente se estableció hace ya dos décadas

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de este miércoles el anteproyecto de la Ley del Juego de Aragón. Una legislación “desfasada” en opinión de la propia consejera de vicepresidencia Mayte Pérez, que urgía ya actualizar, pues la norma vigente se estableció hace 20 años, cuando la sociedad apenas convivía con las nuevas tecnologías. Una sociedad que acoge ahora un preocupante repunte de casos entre los más jóvenes y que necesita “ponerle coto” a esta adicción más enérgicamente.

Precisamente, los datos recabados por el Gobierno de Aragón reflejan que el juego presencial se ha exponenciado en los dos últimos años, sobre todo, en el colectivo de las mujeres, llegando a aumentar del 5,4% hasta el 15,3%. Los hombres, por su parte, han pasado del 21,6% al 30,7%. Ante esta situación, Pérez ha vuelto a hacer hincapié en la necesidad de crear una red de coordinación en la que participen más activa y comprometidamente los propios empresarios del ámbito del juego.

La nueva normativa, que ahora inicia su tramitación, refuerza el control de acceso a los locales de juego, pone más énfasis en alertar de los peligros de esta actividad e incide en la protección de un colectivo especialmente sensible como es el de los menores. El Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de juego, apuestas y casinos, incluidas las modalidades por medios informáticos y telemáticos, cuando la actividad se desarrolle exclusivamente en Aragón. En la actualidad rige la Ley 2/2000, de 28 de junio.

El paso de los años, sin embargo, ha dejado desfasada la legislación respecto de una actividad que ha sufrido cambios profundos a raíz de la difusión de nuevas tecnologías. En un área, además, especialmente sensible y que está relacionada con graves daños sobre la salud. De hecho, la ludopatía figura en la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2018-2020 y en el III Plan de Adicciones de Aragón.

Más de 3.500 “autoprohibidos” 

Actualmente, la sociedad y los poderes públicos perciben con preocupación el incremento de jugadores que solicitan su inscripción en el Registro de Prohibidos al Juego de Aragón (REJUP) y en el Registro de Interdicción de acceso al juego, nacional, y el consumo cada vez mayor de servicios de juego con dinero a edades cada vez más tempranas. Solo en nuestra comunidad ya hay unas 3.500 personas en el registro de autoprohibidos.

Partiendo de la premisa de que no está permitido el acceso al juego con dinero a los menores de edad y a las personas estén inscritas en los Registros de Prohibidos y a aquellas que tengan restringida esta actividad por sentencia judicial, la actividad de juego con dinero debe abordarse como un fenómeno complejo, en el cual se tienen que combinar acciones multidireccionales de los poderes públicos, no solo de intervención y control, sino también de prevención, información, sensibilización y reparación de los efectos negativos que de ella se puedan derivar.

“No” a los locales próximos a escuelas y a publicidad en las fachadas 

Este es el contexto en el que se mueve el actual proyecto de ley, que pone el foco en dos objetivos: adoptar nuevas medidas normativas de la actividad de juego que den respuesta a la sociedad presente y futura y generar un entorno de juego sostenible, seguro, consciente y responsable. Para conseguir estos objetivos, se proponen entre otras veinte modificaciones del articulado de la ley vigente y seis disposiciones transitorias para que las empresas del sector se adapten a los cambios en la normativa. Entre ellos, se adoptarán modificaciones en planificación y ordenación de la oferta de locales de juego, prohibiéndose la apertura o ampliación de estos a 300 metros de las áreas de influencia de centros escolares y otros lugares de afluencia juvenil, medidos desde el centro de la entrada principal del establecimiento de juego autorizado y siguiendo el eje del vial más corto de dominio público.

También, con objetivo preventivo y de minimización de riesgos, se impulsarán programas de prevención de la ludopatía en el marco del Plan de Adicciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, lo que permitirá mayor eficacia y optimización de los recursos y dispositivos socio-sanitarios disponibles en todo el territorio de Aragón, alcanzando a todos los municipios y comarcas.

Además, en la fachada exterior de los locales de juego, se incluirán nuevos carteles de advertencia, como “El juego en exceso puede producir ludopatía” y se ofrecerá información de las dependencias oficiales para solicitar la inscripción en el Registro de Prohibidos al Juego. No se podrán instalar ni imágenes ni carteles que induzcan a error de la actividad autorizada en el local o que inciten al juego.

Mientras, en el interior del local los rótulos informativos, además de incluir las reglas de juego y folletos informativos de prevención de la ludopatía, recogerán folletos de práctica de juego responsable o documentos informativos para solicitar autoprohibición. Además, las máquinas de juego y terminales de apuestas no serán visibles desde el exterior, evitando así reclamos al juego e impidiendo la práctica de apuestas a los colectivos sensibles.

Respecto a las máquinas en hostelería, incorporarán también advertencias de los riesgos del juego y mostarán cada 15 minutos de sesión ininterrumpida el mensaje “El juego en exceso puede producir ludopatía”. De esta forma, las máquinas de hostelerías deberán tener un dispositivo remoto de encendido y apagado similar al existente en las máquinas de tabaco con el objetivo de impedir el acceso al juego a los menores de edad y a las personas inscritas en el Registro de Prohibidos al Juego.

Para que una persona acceda a un local de juego deberá identificarse, para comprobación de la edad y de que no figura en el registro de autoprohibidos, y deberá después anotarse en el Libro de Visitantes. A su vez, se prohíben las promociones de incentivación y fidelización de clientes (como juego gratuito o a precio inferior al autorizado, bonos, tickets o cualquier soporte físico, electrónico o informático para jugar gratis, consumiciones generalizadas e indiscriminadas de manera gratuita o a precio inferior al de mercado). Y se prohíbe asimismo el envío de comunicaciones comerciales individualizadas por los titulares de locales de juego a los jugadores para evitar su recepción a los jugadores inscritos en el Registro de Prohibidos al Juego y favorecer su recuperación.