El juez envía a prisión al hombre que apuñaló a un padre y a su hija por tentativa de homicidio

El apuñalamiento tuvo lugar el pasado día 2 de mayo en plena calle
photo_camera El apuñalamiento tuvo lugar el pasado día 2 de mayo en plena calle

El juez de guardia de Huesca Angel de Pedro ha decretado este mismo martes prisión provisional comunicada y sin fianza para José Luis E.E. como posible autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, después de que presuntamente apuñalara el pasado día 2 de mayo a Jesús Javier L. A en plena calle. También, se le puede responsabilizar de un posible delito de lesiones cometido contra la hija del agredido, que aparentemente se interpuso entre ambos en defensa de su padre.

El magistrado instructor, tras escuchar al Ministerio Fiscal y la acusación quienes solicitaban la prisión provisional, ha concluido que existen “indicios racionales” de que el investigado haya podido ser el autor de un “delito grave contra la vida e integridad física” de dos personas y de que existe “serio riesgo de fuga” y de reiteración delictiva. Asimismo entiende el juez que el investigado pudiera actuar contra bienes jurídicos de las víctimas y familia.

Además, otras dos jóvenes, Ángel M.L. y Antonio N. G, presunamente vincualdas al apuñalamiento han sido puestas a disposición judicial. Para ellos, el instructor ha dictado libertad provisional al no encontrar, por el momento, indicio alguno de su participación en los delitos que se investigan. Concluye el juez en su auto que a pesar de que, tras la entrada y registro practicada en sus domicilios, los indicios llevaran a pensar en la posible participación en un delito de inducción al asesinato, “una vez concluido el atestado, realizado el Informe forense, y oídos a los investigados, no parece que su actuación haya podido mover la voluntad del agresor en ese sentido, sino que ya existía en aquel una idea de perjuicio, y un posible trastorno psiquiátrico enquistado, que le impulso a acabar con la vida de su vecino”. En definitiva, concluye que “no existen fuentes de prueba ni indicios de entidad suficiente que permitan atribuir razonadamente el hecho punible (inducción al asesinato) a estas dos personas”.