El Gobierno pospone las excepciones del tiempo de trabajo de los transportistas hasta el 31 de mayo

El Ministerio también ha modificado el límite de conducción diaria máximo, de nueve a once horas
photo_camera El Ministerio también ha modificado el límite de conducción diaria máximo, de nueve a once horas

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha prorrogado este miércoles las excepciones aplicadas a los tiempos de trabajo y descanso de los transportistas de mercancías hasta el 31 de mayo y ha incluido también nuevas excepciones para estos transportistas y para los conductores que transportan a los temporeros al campo.

Así se recoge en una orden ministerial publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que explica que como estas excepciones, que se iniciaron con la declaración del estado de alarma, superan ya los 30 días, el Ejecutivo ha tenido que pedir autorización a la Comisión Europea para mantenerlas.

Además, destaca el hecho de que en esta ocasión el periodo de aplicación de estas excepciones va mucho más allá de la prolongación del estado de alarma, cuya vigencia concluye el 25 de abril. Según el Gobierno, con esta flexibilización de las condiciones del trabajo de los conductores se reduce el riesgo de su salud, al mismo tiempo que se facilitan los transportes que garantizan el abastecimiento.

El Ministerio también ha modificado parte de las excepciones, para incluir el cambio en el límite de conducción diaria máximo de nueve horas por uno de once, así como la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, en lugar de las 45 horas habituales.

Por otro lado, se permite que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo, siempre y cuando el vehículo vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.

En cuanto a las operaciones de transporte discrecional de viajeros que desarrollen su actividad en el sector agrícola, se reducen también los requisitos del descanso diario de once horas por uno de nueve horas.