Interior podrá cerrar carreteras para contener la propagación del coronavirus

Según la orden, en ese caso sólo podrán circular por las vías cerradas determinados vehículos
photo_camera Según la orden, en ese caso sólo podrán circular por las vías cerradas determinados vehículos

El Ministerio del Interior ha dictado una orden, ya recogida en el BOE de este sábado, por la que, en aplicación del estado de alarma declarado contra el coronavirus, “podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos“.

Según la orden, en ese caso sólo podrán circular por las vías cerradas los vehículos de auxilio en carretera, los de conservación y mantenimiento de carreteras; los de distribución de alimentos, medicamentos y material sanitario; los de recogida de residuos sólidos urbanos, los de transporte de combustibles, ganado vivo o materias perecederas; los de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos y los coches fúnebres.

Además, se levantan las restricciones estatales y de algunas comunidades a la circulación de mercancías o de vehículos que por su tamaño o su carga habían visto limitado su acceso a las vías, si trasladan materiales que pueden ayudar a frenar la propagación de la epidemia.