La DPT apoya a los autónomos de núcleos de población con menos de 301 habitantes

La Diputación ha transmitido su pésame a través de un comunicado
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La Diputación de Teruel (DPT) va a apoyar a los pequeños comerciantes que desarrollen su actividad en un núcleo de población de la provincia con menos de 301 habitantes. Las subvenciones están dirigidas a la cofinanciación del pago de la cuota en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante el año 2019. Pretenden favorecer el fomento y la continuidad económica mediante la creación de puestos de trabajo o el mantenimiento de los servicios que necesitan los ciudadanos en su entorno local.

Pueden ser beneficiarios de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, los trabajadores por cuenta propia del comercio al por menor de todo tipo de productos y servicios, como tiendas de alimentación y bebidas, cafés y bares o peluquerías y salones de belleza. Además, estas subvenciones gestionadas por el Área de Desarrollo Territorial se extienden a los productores de pan, bollería, pastelería y galletas.

La cuantía total de las ayudas al establecimiento de emprendedores en el medio rural asciende a 150.000 euros. Es imprescindible que la actividad económica sea única, es decir, que no tenga competencia en el municipio, entidad local menor o barrio pedáneo, y que sea desarrollada como máximo por dos trabajadores que coticen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al efectuar la solicitud. La presentación de solicitudes termina a las 24.00 horas del próximo viernes 20 de septiembre.

Los criterios de evaluación para la concesión de las ayudas incluyen el número de habitantes de los núcleos donde se desarrolla la actividad. Los autónomos que trabajen en una localidad menor a 100 habitantes reciben cinco puntos, cuatro si es menor de 200 habitantes y tres si tiene menos de 301. Además también se valora la pertenencia a sectores de especial protección, como mujeres, varones jóvenes de menos de 30 años o varones mayores de 55 años.

La subvención máxima a conceder a un solicitante no superará el 50% del importe de las cuotas del pago del Régimen especial de Trabajadores Autónomos correspondientes a los meses de enero a agosto de 2019, ambos inclusive.