Antonio Morán: "A día de hoy, no es posible una privatización de la justicia gratuita"

Antonio Morán es decano del Reicaz desde 2012
photo_camera Antonio Morán es decano del Reicaz desde 2012

Antonio Morán es el decano del Real Colegio de Abogados de Zaragoza (REICAZ) desde el año 2012. Este colegio, el más antiguo de los que se tiene conocimiento en España, pretende ser un objeto de defensa tanto de los ciudadanos como de los abogados. Entre sus funciones se encuentra gestionar los asuntos relacionados con la asistencia jurídica gratuita, un servicio que se encarga de gestionar casi 27.000 expedientes al año en Aragón.

Pregunta.- ¿De qué hablamos exactamente cuando hablamos de justicia gratuita?
Respuesta.- La Justicia Gratuita es el mecanismo por el cual el Estado proporciona asistencia jurídica a todo ciudadano que ha de enfrentarse a un proceso legal y no tiene medios económicos para afrontar estos gastos. Para que este beneficio se ejecute, el ciudadano acude o bien a un Tribunal, si tiene algún tipo de reclamación judicial, o a un Colegio de Abogados, si necesita iniciar un procedimiento judicial. En ese momento, se tramita un expediente para confirmar su situación económica y la administración decide si este ciudadano ha de ser beneficiario de la justicia gratuita, momento en el que se le designa un abogado -y un procurador si hiciese falta- para hacer frente a ese proceso judicial.
Estos niveles económicos vienen determinados por la Ley y son realmente ajustados. La justicia gratuita no se proporciona a gente que tiene medios, sino a los que están en una situación precaria.

P.- ¿No es cierto que existen situaciones excepcionales en las que una persona puede ser beneficiaria de la justicia gratuita?
R.- Así es. La Ley que regula la asistencia jurídica gratuita, de forma excepcional, establece otros supuestos por los cuales quien tiene que ir a un procedimiento judicial, independientemente de su situación económica, puede ser beneficiario de la justicia gratuita. Estas situaciones implicarían situaciones como los conflictos dentro del ámbito laboral o la asistencia jurídica a las víctimas de atentados terroristas o de la violencia de género.

P.- El servicio estrella de la justicia gratuita es el turno de oficio, ¿podría explicarnos cómo funciona?
R.- Para determinar qué abogado va a hacerse cargo de un asunto relacionado con la justicia gratuita en todos los colegios hay un listado de abogados que, voluntariamente, están dispuestos a llevar este tipo de asuntos. Para esto se establece un turno por el cual se asigna al abogado o lo que se conoce popularmente como “turno de oficio”. Se dice de oficio porque es obligación legal para toda la abogacía llevar adelante este tipo de casos.
Lo que sucede es que en todos los colegios de España hay tal número de abogados que se presta siempre con voluntarios.

“Una tercera parte de los abogados del Colegio de Zaragoza están apuntados al turno de oficio”

P.- ¿Qué porcentaje de los abogados aragoneses están apuntados al turno de oficio?
R.- En Aragón una tercera parte de los abogados colegiados están adscritos al turno de oficio y prestan servicios de justicia gratuita. Estos porcentajes son muy similares a la media española.
Además, en Aragón el número de abogados y abogadas es prácticamente el mismo, aunque hay que destacar que en varios servicios como el de extranjería o el de asistencia a mujeres víctimas de violencia de género el número de compañeras es superior.

P.- Entiendo que este servicio lo financia directamente el Ministerio de Justicia…
R.- Sí, siempre y cuando el colegio esté en una comunidad autónoma que no tenga las competencias transferidas en materia de Justicia. En Aragón, como en la mayoría de las CCAA –solo quedan sin transferir competencias las dos Castillas, Baleares, Murcia, Extremadura, Ceuta y Melilla- ya se transfirieron  y actualmente depende de la Dirección General de Justicia e Interior del Gobierno de Aragón.

P.- ¿Cuánto cobra un abogado del turno de oficio en Aragón por expediente?
R.- Es difícil de computar. Cuando hablamos de justicia gratuita y turno de oficio no solo contabilizamos el importe que cada administración valora por cada procedimiento sino que hay que tener en cuenta servicios como la asistencia letrada al detenido, que suponen guardias de 24 horas.
En definitiva, si sumamos estos dos procedimientos la media en España son 142 euros por intervención y en Aragón estaríamos ligeramente por debajo, con una minuta de entre 128 y 130 euros por expediente.

Morán cree que los abogados del turno de oficio están en este por una cuestión más vocacional que económica

“Los abogados del turno participan en este más por vocación que por una cuestión económica”

P.- Tengo entendido que es la minuta más baja de España…
R.- No. Sí que es cierto que Aragón es la CCAA en la que menos invierte por ciudadano para mantener la Justicia Gratuita. En total son tres euros al año por ciudadano frente a los 5,5 de la media nacional.
Esto no hay que confundirlo con la valoración que hay de cada intervención de abogado, ¿qué quiero decir con esto? hay tantos tipos de procedimientos judiciales (vía penal, civil, contenciosa…) que no todos los procedimientos tienen la misma valoración desde el punto de vista económico, de ahí que tengamos que hacer las medias para entendernos y más o menos tener una orientación de cuál es la remuneración de cuál que reciben los abogados en estos servicios.

P.- ¿Cómo afrontan los compañeros recibir remuneraciones tan bajas por expediente?
R.- Si le digo la verdad, la mayoría de reivindicaciones de los compañeros no se deben a las cuantías – que también, a quién no le gustaría ser recompensado con unas cuantías cercanas a lo que recomienda el mercado- sino por las demoras que en multitud de ocasiones la administración acumula para liquidar los asuntos.
Estas remuneraciones tan bajas lo que evidencian es que la pertenencia a estos servicios tiene que ver más con la vocación y por una obligación íntima y personal del abogado que por la compensación económica.

P.- ¿Cuánto tiene de real la imagen que se ha asignado popularmente de los abogados del turno de oficio como abogados jóvenes, sin experiencia y chapuceros?
R.- El perfil medio del abogado inscrito a estos servicios ni se trata de un principiante ni de un abogado con pocos años. Hace un par de años se realizó un estudio estatal que desveló que la edad media de los abogados que se encuentran en el turno de oficio está entre los 43 y los 45 años. Además, también se constataba que estos solían contar con entre trece y quince años de experiencia profesional, lo demuestra que imagen del abogado de oficio como un abogado joven e inexperto es completamente falsa.
Además, también quiero destacar que el número de quejas respecto al abogado del turno de oficio es realmente irrelevante, marginal. Los compañeros que se desempeñan en el turno de oficio son gente que se caracteriza por su compromiso y su vocación.

P.- ¿Es posible una privatización de los servicios de Justicia Gratuita?
R.- Hoy por hoy no es posible. La justicia gratuita está regulada por una ley de ámbito estatal que fue promulgada por las Cortes y entiendo que hay conciencia por parte de la Administración Pública del Estado de que esta en una parte más de la Administración de Justicia. Tendría que haber una reforma sustancial del marco legal estatal para que se pudiese pensar que nos encaminamos hacia una privatización.
No obstante, hay servicios que si no son estrictamente de Justicia Gratuita están muy cercanos a esta como los Servicios de Orientación a la Población Reclusa, Antención Inmigrantes o incluso los Servicio de Orientación Integral a las Mujeres Víctimas de la Violencia de Género. Estos tres servicios en Aragón están protegidos por una ley pionera promulgada por el Parlamento Autonómico en el año 2017, pero es cierto que se han privatizado en otras CCAA.
Creo que existiendo colegios profesionales con una red de abogados debidamente formados y con cierto control deontológico se tenga que acudir a una empresa privada o algún otro tipo de asociación parece un contrasentido. Además, hay que recordar que los colegios tienen la ventaja de no tener ánimo de lucro y se sostienen económicamente a través de las cuotas de cada abogado.
En definitiva, si una administración quisiera privatizar este servicio por un ahorro en los costes lo que supondría a la larga es el supuesto inverso: una calidad de servicio muy inferior, una inexistencia de control deontológico por parte de los abogados y empeorar el sistema.

P.- Entiendo que gracias a esta ley los problemas de pago que denunciaban algunos miembros del Colegio de Abogados de Zaragoza sobre el pago de la asesoría a presos ya no existen.
R.- La situación denunciada por el grupo de abogados de Zaragoza, que llevaban años sin percibir ningún tipo de indemnización, y ni siquiera les eran abonados los gastos de desplazamiento a los Centros Penitenciarios de Daroca o de Zuera con la promulgación de esta ley ya se ha acabado. La DGA ya ha dado cobertura para que estos compañeros puedan ser compensados por el tiempo invertido y sus gastos de desplazamiento sean cubiertos.

Morán señala que no puede haber disparidad de criterios para aplicar la justicia gratuita entre las distintas Comunidades Autónomas

“No es lógico que no esté unificado el criterio de Justicia Gratuita en todas las Comunidades Autónomas” 

P.- Al final del último Informe sobre la situación Justicia Gratuita en España aparecen una serie de recomendaciones ¿Podría sintetizarlas?
R.- Hay que aclarar que estas recomendaciones no las hace la abogacía en sí misma sino que se llama a un grupo de expertos ajenos a la abogacía para que estas recomendaciones puedan tener un carácter objetivo. Curiosamente, la primera recomendación que se hace en este texto es un llamamiento a los poderes públicos para que hagan más caso a este grupo y ser más sensible a las recomendaciones de la abogacía para mejorar la justicia gratuita.
También se solicita una reforma del marco legal ya que la ley que regula la justicia gratuita es del año 1996 y tanto la situación social y el marco legal de nuestra sociedad han cambiado profundamente en estos últimos 23 años. Haría falta una renovación.
En definitiva, lo que hay que hacer es adecuar el sistema de justicia gratuita a la realidad actual. Hay que ser observante, por la delicada situación económica de muchas familias, acerca de los criterios económicos para la concesión de este beneficio y hay que establecer unos criterios uniformes en todas las Comunidades Autónomas para la concesión de este beneficio para que no haya agravios comparativos entre ciudadanos de las distintos territorios.