MÁS DE 100.000 EUROS

Condenan al Estado a pagar por el asesinato de un reo en la prisión de Zuera

La Audiencia de Zaragoza ha condenado al Estado a pagar 103.034,96 euros a la familia del reo asesinado en el interior de la prisión de Zuera. El juez entiende que no se adoptaron correctamente las medidas de seguridad puesto que el arma fue un pincho carcelario. Asimismo, impone una pena de doce años de cárcel a su autor.

Zaragoza.- El Estado ha sido condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza por el asesinato del reo Antonio Giménez cuando éste se encontraba durmiendo la siesta en la prisión zaragozana de Zuera.

El magistrado-presidente del Tribunal de Jurado, Mauricio Murillo, entiende que no se adoptaron correctamente las medidas de seguridad puesto que el arma utilizada fue un pincho carcelario. Por ello, mantiene una responsabilidad civil subsidiaria de 103.034,96 euros para los padres y para los hijos, que fueron defendidos en el juicio por la abogada Olga Oseira.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso ARAGÓN PRESS, se recuerda que la existencia de internos armados constituye una “notoria fuente de peligro”, así como una “indudable” muestra del incumplimiento de las actividades de registro y de requisas que dispone el artículo 76.3º del Reglamento de Protección de la Seguridad de las Personas y el Orden del Establecimiento.

Todo, a pesar de que el firmante de este fallo reconoce que el punzón no se hizo en el taller de carpintería y aluminio del centro penitenciario y que se practican periódicamente cacheos y registros en el interior de las celdas, en búsqueda de objetos que pudieran utilizarse como armas blancas o pinchos carcelarios, existiendo cámaras de seguridad para la vigilancia de los internos, que producen un efecto preventivo sobre la conducta de los internos.

Además, en la sentencia se condena al único culpable, según el veredicto, por esta muerte, Santiago Domínguez Corbalán, a la pena de doce años de prisión. El otro de los procesados, Luis Rogelio Valido Martín, defendido por Rafael López Garballo, ha quedado absuelto como así lo mantuvieron los nueve hombres y mujeres del pueblo que formaron parte del Jurado Popular.

La pena se impone, según la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, porque “no hay ninguna duda” de que es una muerte violenta dado el contenido del informe de la autopsia realizada en el Instituto de Medicina Legal de Aragón que señalaba que “fue con fuerza por la forma y porque llegó a chocar contra una vértebra”.

Asimismo, entiende que existió dolo porque la primera lesión fue la mortal cuando Antonio Giménez estaba recostado y somnoliento sobre la cama de su celda. Posteriormente, se enzarzaron ambos en una pelea, defensiva por parte de Antonio Giménez y agresiva por parte de Santiago Domínguez Corbalán, a tenor de la etiología de las heridas que ambos sufren.

No obstante, toma en consideración la atenuante muy cualificada de arrebato u obcecación, así apreciada por mayoría de ocho a uno por el Jurado. Si bien señala que la reyerta que hubo posteriormente hace que la pena, que se situaría entre los siete a los quince años máximos se quede en doce.

Unos años de cárcel que distan de las peticiones del Ministerio Fiscal y la acusación particular, ejercida por la penalista Olga Oseira, de 14 años de prisión, o las del abogado defensor José Álvarez Domínguez, a tenor de la atenuante, de tres años y nueve meses.

La sentencia tiene un plazo de cinco días para ser recurrida. No obstante, la abogada de la acusación ya ha avanzado que lo está estudiando porque, a pesar de que en su conjunto la sentencia es "positiva", considera que no existió dicho atenuante y que debía de haberse condenado a catorce años.

Un asesinato en el módulo de peligrosos

Todo se desarrolló en febrero de 2010, sobre las 14.00 horas, cuando Santiago D.C. tuvo una agria discusión verbal con el fallecido cuando el primero pidió un cigarro espetando: “Dame un cigarro hermano” y Antonio le dijo: “Ni te doy, ni soy tu hermano”, llegando a retar la víctima al acusado para que fueran a los “tigres” –referencia que los internos tienen de los baños para pelearse al no existir cámaras de seguridad–. Allí se enzarzaron verbalmente hasta que pararon debido a que los funcionarios se dieron cuenta de lo que ocurría.

Esta situación despertó una gran humillación en Santiago, generándole un profundo deseo de venganza al haberse sentido herido en su orgullo. Mientras, Santiago y el otro encausado, Luis Rogelio, durmieron la siesta juntos. Posteriormente, el condenado fue hacia la celda de Antonio y, aprovechando que estaba boca arriba y somnoliento, le agarró con fuerza de la cabeza, le tapó la boca para evitar pedir auxilio y le asestó un fuerte pinchazo con un objeto punzante en el hemitórax izquierdo que le provocó una agónica muerte por desangro.

La víctima llegó incluso a levantarse y forcejear con Santiago, si bien, dada la gravedad de la lesión volvió a caer sobre la cama.