Aragón lleva a los tribunales al Estado por la reversión del salto de Lafortunada

Aragón va a acudir a los tribunales para conseguir que los beneficios que produzca el salto hidroeléctrico de Lafortunada-Cinqueta reviertan sobre los municipios oscenses en los que se encuentra ubicado. El consejero de Presidencia ha asegurado que el Ejecutivo actuará así con todos los saltos a los que se les acabe la concesión.

Zaragoza.- Después de que el Estado haya hecho "caso omiso" a las reclamaciones del Gobierno aragonés, este ha tomado la determinación de presentar un recurso contencioso-administrativo para conseguir que parte de los beneficios del salto hidroeléctrico de Lafortunada-Cinqueta sea invertido en el territorio en el que se encuentra.

"Esto e el final de algo que llevamos mucho tiempo anunciando", ha explicado el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, tras el Consejo de Gobierno que ha dado el visto bueno a esta acción judicial contra el Estado español. Y es que, el Ejecutivo pretendía firmar un convenio de colaboración entre ambas instituciones, ahora que caduca la concesión de este salto, ubicado en los términos municipales de Savillo, Salinas de Sin y Lafortunada.

"Es hora de que las nuevas concesiones se negocien" con Aragón, ha explicado Guillén, para que los municipios "no solo sufran afecciones" y "reciban algún beneficio de los que generan" estas estaciones eléctricas. Por ello, ha confirmado que el Gobierno aragonés va a actuar así con todos lo saltos a los que se vayan terminando las concesiones.

Proceso anterior

De esta forma, Aragón actúa contra la resolución ministerial por la que se declara la extinción y reversión en favor de la Confederación Hidrográfica del Ebro del aprovechamiento de 12.000 litros por segundo de aguas del río Cinqueta.

En 2013 la CHE inició el proceso de extinción del derecho concesional que concluyó, por caducidad, en noviembre de 2015. En febrero de 2016, inició el segundo expediente en el mismo sentido, que concluyó con la -luego recurrida- resolución de diciembre de 2017 por la que se declara la extinción y reversión al Estado y adscripción al organismo de cuenca de este aprovechamiento hidroeléctrico.

Esta resolución entró en el departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad el 11 de enero de este año, y dada la urgencia para cumplir los plazos legalmente establecidos se interpuso el 2 de marzo el contencioso-administrativo que hoy ha ratificado el Consejo de Gobierno.

Aragón sustenta el recurso contra la resolución ministerial fundamentalmente en tres argumentos. Por un lado, en la posible caducidad del segundo procedimiento de extinción del derecho concesional y reversión al Estado y adscripción a la CHE del aprovechamiento hidroeléctrico por el transcurso del plazo de 18 meses para su resolución conforme a la Ley de Aguas.

En segundo lugar, la falta de adaptación del título jurídico que habilite al Estado para la ocupación de los Montes de Utilidad Pública municipales donde se ubican las infraestructuras para el aprovechamiento hidroeléctrico excluidas del dominio público hidráulico, ya que no se ha otorgado (ni solicitado) la declaración de utilidad pública de las instalaciones.

Así, se entiende que haría falta: o bien un cambio de titularidad y adaptación de la normativa de 1922 de autorización de ocupación a concesión forestal, con la consiguiente actualización de su régimen económico, o bien determinar la indemnización por daños que pueda corresponder a las entidades locales titulares de los montes por la existencia de servidumbres legales de acueducto que los gravan.

Por último, por la afección jurídica y económica a Aragón, que ostenta la condición de Administración Forestal y por consiguiente gestiona el Fondo de Mejoras con los ingresos generados por los Montes del Catálogo de Utilidad Pública, conforme a la Ley de Montes de Aragón.