El Supremo endurece el castigo para los casos de desvío de fondos mediante empresas públicas

El Alto Tribunal ha endurecido el castigo al desvío de fondos a través de empresas públicas y tipifica como malversación lo que hasta ahora se consideraba apropiación indebida. Así se ha decidido en un Pleno no jurisdiccional para analizar, entre otros temas, los recursos a la sentencia de la Audiencia de Zaragoza por el caso Codesport.

Zaragoza.- El Tribunal Supremo ha acordado endurecer el castigo para los casos de desvío de fondos mediante empresas con participación pública. Una decisión adoptada por unanimidad, por los magistrados de la Sala Segunda, en un Pleno no Jurisdiccional convocado para tratar, entre otras cuestiones, los recursos a la sentencia de la Audiencia de Zaragoza por el llamado caso Codesport.

Una sentencia que se conoció en febrero de 2016 y que condenó a cuatro años de prisión, como coautores de un delito de malversación de caudales públicos, al exgerente de la Plataforma Logística de Zaragoza Ricardo García Becerril, al exconsejero delegado y exviceconsejero socialista de Obras Públicas Carlos Esco y al empresario y expropietario del Real Zaragoza, Agapito Iglesias. 

Las defensas de los acusados recurrieron el fallo al Tribunal Supremo que, el pasado 25 de mayo,

En primer lugar, cuando la sociedad mercantil esté participada en su totalidad por las personas públicas referidas. En segundo lugar, cuando esté participada mayoritariamente por las mismas. Por último, siempre que la sociedad pueda ser considerada como pública en atención a las circunstancias concretas que concurran, pudiéndose valorar las siguientes o cualesquiera otras de similar naturaleza: que el objeto de la sociedad participada sea la prestación, directa o indirecta, de servicios públicos o participen del sector público; que la sociedad mixta se encuentre sometida directa o indirectamente a órganos de control, inspección, intervención o fiscalización del Estado o de otras Administraciones Públicas, y que la sociedad participada haya percibido subvenciones públicas en cuantía relevante, cualquiera que fuera la Administración que las haya concedido, para desarrollar su objeto social y actividad.

El Gobierno de Aragón también recurrió el fallo por el caso Codesport, aunque por motivos diferentes. En su caso recurrió por la indemnización que los acusados debían pagar a la sociedad Plaza: 8.740.140,80 euros, ya que los magistrados consideraron que es el precio que Plaza pagó de más a Codesport, propiedad de Iglesias, por la construcción de 119 naves en la plataforma logística. 

Tras la decisión del Pleno no Jurisdiccional, el Tribunal Supremo tendrá que dictar sentencia. Este acuerdo también podría afectar en Aragón al caso Plaza, pendiente de juicio.