El jurado considera que el acusado por el crimen de Ejea presenció el asesinato pero no fue el autor

Pablo Miguel Canales no mató a Eduardo Montori en Ejea de los Caballeros en 1996, pero estuvo en el escenario del crimen. Así lo ha determinado el jurado popular tras unas ocho horas de deliberación. El magistrado presidente del jurado ha dictado sentencia in voce y ha absuelto al acusado, que permanece en prisión por otras causas.

Zaragoza.- Tras unas ocho horas de deliberación, el jurado popular ha declarado a Pablo Miguel Canales no culpable del asesinato de Eduardo Montori en septiembre de 1996 en Ejea de los Caballeros (Zaragoza). Eso sí, el portavoz del tribunal ha apuntado que ven probada "la presencia del acusado en el lugar del delito durante el acto criminal, pero no que él causara la muerte".

Los nueve jurados entienden que Pablo Miguel Canales estuvo en el momento del crimen porque en una de las paredes de la habitación donde se perpetró apareció una huella ensangrentada de su mano. Así lo determinó el Laboratorio de Criminalística de la Guardia Civil que hizo un nuevo cotejo de esta marca y, 21 años después del asesinato, el resultado sirvió para sentar en el banquillo al acusado.

El portavoz del jurado ha puesto de relieve las "muchas dudas" que les han surgido a la hora de conformar su decisión. Un veredicto de no culpabilidad adoptado por mayoría de siete votos a favor y dos en contra. Asimismo, ha señalado que las pruebas aportadas durante el juicio han sido "insuficientes" y, por ello, en aplicación del principio in dubio pro reo se pronuncian a favor del acusado.

Atendiendo a la explicación de los forenses, los jurados corroboran que Eduardo Montori falleció de muerte violenta entre los días 9 y 14 de septiembre de 1996 a consecuencia de 17 heridas producidas en el pecho por un arma blanca punzo cortante que afectaron al corazón y los pulmones y de la herida en el cuello que le afectó a la carótida (el cadáver fue hallado decapitado). Ahora bien, consideran que "no ha quedado probado que estos hechos sean atribuibles al acusado".

Tras escuchar el veredicto, el magistrado-presidente del jurado, Francisco Picazo, ha dictado sentencia in voce y ha absuelto al acusado, para quien el fiscal pedía 23 años de cárcel. Eso sí, Pablo Miguel Canales ha regresado a prisión donde cumple condena por otros delitos.

El abogado defensor, Javier Elía, se ha mostrado "satisfecho" y considera que "se ha hecho justicia" ya que en los hechos principales "no había certeza de que Pablo Miguel Canales fuera el autor de la muerte de Eduardo Montori".

Por su parte, el abogado de la familia del fallecido, Javier Notivoli, consultará si recurre el fallo aunque ha reconocido que el veredicto "no es inesperado". Asume que "no había prueba directa", pero no encuentra explicación razonable a la existencia de la huella palmar ensangrentada "salvo que el dueño de esa huella haya participado en el crimen y si es así, bien como autor material o como cooperador necesario, es culpable". Más aún, ha recordado, si a eso se añade el hecho de que el acusado "se ha hartado de decir que mató a Montori". Este letrado valora eso sí que el jurado "haya estado atento y se haya estudiado el caso, por la forma en la que ha razonado todas las cuestiones".