Los aprovechamientos hidráulicos del Pirineo

En las últimas semanas he conocido por los medios de comunicación que el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente ha requerido al Gobierno de Aragón para que modifique el texto del Decreto que aprobó en mayo las Directrices de Ordenación Territorial del Pirineo, amenazando al gobierno Autonómico con un recurso judicial si no lo hiciere, porque consideran que no debe establecer ninguna restitución territorial ni compensación para los municipios afectados por las instalaciones y obras hidráulicas.

En las últimas semanas he conocido por los medios de comunicación que el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente ha requerido al Gobierno de Aragón para que modifique el texto del decreto que aprobó en mayo las Directrices de Ordenación Territorial del Pirineo, amenazando al gobierno autonómico con un recurso judicial si no lo hiciere, porque consideran que no debe establecer ninguna restitución territorial ni compensación para los municipios afectados por las instalaciones y obras hidráulicas. Municipios que lejos de ser considerados "afectados", por el Ministerio son denominados "privilegiados", argumentando que "ya fueron restituidos económicamente cuando fueron expropiados sus terrenos para la ejecución de las obras hidroeléctricas". 

Cabe recordar, que estas obras, en todas las ocasiones, van ligadas a concesiones de aprovechamientos de aguas para producción de electricidad (algunas caducadas de facto, y otras con expedientes de extinción ya iniciados por la Confederación Hidrográfica del Ebro), y a "ocupaciones", que no "expropiaciones", de montes públicos, que han debido seguir un procedimiento administrativo, y, que sin embargo, en algunos casos, éste ha sido inexistente; motivando ocupaciones de monte por las empresas concesionarias sin justo título, ni indemnización alguna a la administración propietaria (los ayuntamientos).

Cualquier vecino de los municipios en los que se llevaron a cabo estas instalaciones puede detallar las "afecciones y perjuicios" reales que han sufrido, empezando por el desarraigo personal y social que supuso el abandono de muchos núcleos de población en el Pirineo, 40 pueblos sólo en la Comarca de Sobrarbe, algunos abandonados "in extemis" cuando ya empezaba el agua a inundar sus casas.

Las actividades económicas tradicionales, tierras de labor y ganadería, también se han ido resintiendo y desapareciendo. Los animales se ahogan en los canales de servicio de estas centrales, sin que nadie indemnice a los ganaderos, y los caudales ecológicos en los ríos no se respetan. 

La dejadez de la Administración central para declarar la caducidad de las concesiones de aprovechamientos de agua, que debería implicar automáticamente también para el Gobierno de Aragón la declaración formal de extinción de las concesiones para ocupar el monte público, clama al cielo (porque en efecto, los terrenos a los particulares sí que fueron expropiados y malpagados en su momento). 

Algunos expedientes se dejaron simplemente caducar, sin que se haya depurado responsabilidad penal o política alguna por ello, y el perjuicio repercute en todos, ya que el Estado deja de percibir importantes ingresos económicos, y mientras tanto las empresas eléctricas siguen explotando recursos públicos sin compensación alguna, y destruyendo puestos de trabajo. Sólo en la Comarca de Sobrarbe se generan 600 millones de kilovatios por los que el Estado recauda de IVA más de 15 millones de euros, a costa de destruir más de 300 puestos de trabajo.

El Gobierno de Aragón debería ejercer frente al Estado sus competencias en materia de política territorial, aguas y de gestión de los montes públicos, exigiendo el cumplimento de la Ley de Montes, que obliga a revertir gratuitamente al ayuntamiento, propietario del monte, aquellos elementos patrimoniales afectos al aprovechamiento hidroeléctrico extinguido, que estén ubicados u ocupen dominio público local; puesto que, extinguidas las concesiones de aprovechamiento de aguas, quedan sin objeto, y caducan, por tanto, las necesarias concesiones para ocupar los montes de utilidad pública propiedad municipal, que en ningún caso fueron expropiados.

No parece un privilegio ni una falta de solidaridad exigir en voz alta que, al menos "parte" del beneficio que genera nuestro territorio, repercuta directamente en él, articulando los mecanismos necesarios para que el Estado, o la Comunidad Autónoma, inviertan en proyectos que generen riqueza y trabajo en el lugar. 
    
Puse la esperanza en leyes supuestamente bienintencionadas, como el Plan Hidrológico de Nacional de 2014, que literalmente decía que los rendimientos que obtenga el organismo de cuenca, procedentes de la explotación de aprovechamientos hidroeléctricos, o de las reservas de energía, se destinarán a la restitución económica y social del territorio que la genera; pero, vergonzosamente, este texto ha sido eliminado de su articulado inicial por el Gobierno Central en el texto definitivo del nuevo Plan Hidrológico Nacional, aprobado en 2016, desatendiendo las directivas europeas que sí establecen dicha compensación territorial como necesaria.
    
Por el contrario, sí creo posible, justo y necesario, que se regule por ley la obligación de reinversión de estos beneficios; así ocurre en  otros países vecinos, como Francia. Es fundamental para frenar la despoblación de los territorios por falta de actividad económica.