SUS ABOGADOS RECURRIRÁN

Condenada una madre a 18 años de cárcel por asfixiar a su hija bebé mientras le daba de mamar

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a 18 años de cárcel a una mujer, de origen marroquí, por asesinar a su hija bebé, en 2014, asfixiándola mientras la amamantaba. Los magistrados la absuelven de haber asesinado a otra de sus hijas y de haberlo intentado con una tercera, tal y como le acusaba la Fiscalía, que pedía 55 años de cárcel.

Zaragoza.- Una mujer de 31 años, de origen marroquí, ha sido condenada a 18 años de cárcel por asesinar a su hija bebé, en 2014, mientras la amamantaba. Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza la absuelven de un delito de asesinato y de otro en grado de tentativa por haber matado supuestamente a otra de sus hijas y haberlo intentado con una tercera, tal y como le acusaba el Ministerio Fiscal que pedía para esta mujer 55 años de prisión.

La sentencia, de la que es ponente el magistrado Juan Alberto Belloch, considera que la acusada, Ikram B., decidió poner fin a la vida de una de sus hijas (Marwa) en 2014 "por motivos no esclarecidos". Propósito que consiguió mientras la amamantaba al taparle la boca y la nariz con el pecho, "comprimiendo a la vez el tórax de la bebé", "impidiendo" su respiración y su reacción natural de soltar el pecho ante la falta de oxígeno.

Una hora después de su muerte -por "sofocación"- fue llevaba a un centro de salud, pero nada se pudo hacer ya por su vida. La bebé tenía casi tres meses de edad. Por ello, condena a la acusada por un delito de asesinato con alevosía por prevalimiento; es decir, "supone que el agente se aprovecha de una especial situación de desamparo de la víctima que le impide cualquier reacción defensiva", explica la sentencia.

Otra hija de la mujer, Sara, falleció en 2011 tras varios ingresos hospitalarios, cuando tenía dos meses y 26 días de edad, pero la Audiencia de Zaragoza no ve delito en esta muerte. El médico forense estimó que existía "una causa natural de la muerte, lo que excluía una muerte violenta". El médico forense no recomendó una autopsia judicial, así como tampoco el juez lo que llevó al sobreseimiento libre y el archivo de actuaciones.

En 2013, otra hija de la acusada (Riham) tuvo que ser ingresada varias veces con síntomas parecidos a los de su hermana (la primera). Se instalaron entonces cámaras para vigilar cómo la acusada cuidaba de la pequeña. Y, según la sentencia, Ikram B. se comportó "como es esperable en una madre", actuando en todo momento "de una manera correcta y satisfactoria". La niña fue declarada el 27 de mayo en situación de desamparo ante la "angustia y tristeza" de la madre. El 17 de julio de 2013 fue devuelta a sus padres.

Tampoco aquí ve delito el tribunal provincial ya que, a su entender, "no consta acreditado que las crisis que padeció la niña se correspondiesen a sucesivos intentos de causarle la muerte por parte de su madre", reza la sentencia que, además, rechaza la tesis de que la acusada estuviera "ante la presencia de una posesión demoniaca" (concretamente de espíritus "malos" –eijin-) que supuestamente le obligaba a ejercer "cosas malas". Marruecos -el país de procedencia de la mujer-, la posición social de la familia y las declaraciones de la acusada "excluyen esta posibilidad". Los abogados de la acusada, Pedro Pascual y Eladio Mateo, ya han anunciado que recurrirán el fallo.

Durante el juicio, que se celebró la semana pasada, la acusada insistió en su inocencia. Lo hizo tanto en el turno de su declaración como haciendo uso de su derecho a la última palabra.