Opinión

Recalificaciones irregulares "heredadas" o cómo hacer oídos sordos a la ciudadanía

Establece la legislación urbanística aragonesa que no podrá ser edificado terreno alguno que no disponga de los servicios urbanísticos básicos (red viaria, abastecimiento y evacuación de agua, suministro de energía eléctrica, servicios de telecomunicaciones y gestión de residuos), a menos que se asegure la ejecución simultánea de la urbanización precisa. pesar de ello, existe una zona en Zaragoza más propia de la Edad Media que del siglo XXI: el Camino de Herederos.

Establece la legislación urbanística aragonesa que no podrá ser edificado terreno alguno que no disponga de los servicios urbanísticos básicos (red viaria, abastecimiento y evacuación de agua, suministro de energía eléctrica, servicios de telecomunicaciones y gestión de residuos), a menos que se asegure la ejecución simultánea de la urbanización precisa.

A pesar de ello, existe una zona en Zaragoza más propia de la Edad Media que del siglo XXI: una vía sin pavimento, sin aceras, sin limpieza pública, sin red de alumbrado ni de alcantarillado. Se trata del Camino de Herederos, una bocacalle de Vía Ibérica en pleno distrito de Casablanca.

De todas las deficiencias expuestas, incomprensibles y molestas por igual, quizá la más preocupante sea la ausencia de una red comunitaria de recogida y transporte de aguas pluviales y residuales. De hecho, en la actualidad, la existencia de una red de tales características es requisito imprescindible para aprobar la construcción de nuevas urbanizaciones en la mayoría de los países.

En este punto, los propietarios de la zona (en la que no sólo existen viviendas, sino también un colegio y un club deportivo) se encuentran con dos únicas “soluciones”: dirigir los vertidos al río Huerva o construir bajo su casa una fosa séptica, corriendo por su cuenta todos los gastos de construcción, mantenimiento y recogida. Todo ello, a pesar de que los vecinos siempre han pagado al Ayuntamiento de Zaragoza las mismas tasas e impuestos que el resto de zaragozanos, incluida la tasa de vertidos.

Y, sin embargo, más allá de toda lógica, los terrenos del Camino de Herederos llevan décadas calificados como suelo urbano consolidado, la más alta categoría de calificación, la cual implica que cuentan con servicios urbanísticos suficientes o bien que, careciendo de alguno de ellos, pueden llegar a tenerlos sin más obras que las de conexión con las instalaciones preexistentes. Pero ninguna de estas dos opciones se cumple en Camino de Herederos.

Desconocemos qué razones llevaron al gobierno municipal de la época a calificar de este modo los terrenos. Tampoco entraremos a analizar quiénes pudieron salir beneficiados con tal calificación. Pero sí queremos poner sobre la mesa que durante años no se ha hecho nada al respecto, que ningún gobierno municipal ha tenido auténtica voluntad de solucionar el problema y que los sucesivos responsables urbanísticos han preferido obviar esta situación. Quizá, como se lamentan los vecinos, porque no constituyen un número de votos suficiente para atraer el interés de nuestros políticos.

Esperemos que, algún día, las ciudades se desarrollen según las demandas reales de los ciudadanos, tratando de cubrir sus necesidades con criterios de racionalidad, eficiencia y sostenibilidad, y no para satisfacer intereses particulares o dar rienda suelta a las expectativas de nuestros políticos.

Documentos de recomendada lectura:

• Ley de Suelo: www.zgzc.es/leysuelo2008
• Ley de Urbanismo de Aragón: www.zgzc.es/urbaragon
• PGOU de de Zaragoza: www.zgzc.es/pgouzgz
• Plano de clasificación de suelo: www.zgzc.es/planopgouz