Manifiesto de rechazo a la Ley 10/2014 de Aguas y Ríos de Aragón

El Partenariado del Agua del Ebro, constituido en el año 2013, recoge como objetivos en su Acta Fundacional de 8 de abril de 2014, llevar a cabo las acciones necesarias para defender entre otros, el principio de Unidad de cuenca, así como el uso eficiente del agua y su buen estado ecológico que deberá lograrse, preferentemente, a través de la acción colectiva y la cooperación de los usuarios frente a cualquier otra herramienta de naturaleza mercantil o la exclusiva intervención pública.

El Partenariado del Agua del Ebro, constituido en el año 2013, recoge como objetivos en su Acta Fundacional de 8 de abril de 2014, llevar a cabo las acciones necesarias para defender entre otros, el principio de Unidad de cuenca, así como el uso eficiente del agua y su buen estado ecológico que deberá lograrse, preferentemente, a través de la acción colectiva y la cooperación de los usuarios frente a cualquier otra herramienta de naturaleza mercantil o la exclusiva intervención pública.

En coherencia con estos principios rectores y tras la aprobación el pasado 27 de noviembre de la Ley 10/2014 (BOA 10‐12‐14), de Aguas y Ríos de Aragón, el Partenariado del Agua del Ebro, en su reunión del 19 de enero de 2015, acordó por los abajo firmantes reclamar el principio de “unidad de cuenca” como la manera más racional y eficiente de logar la optimización del recurso hídrico, cuya fortaleza radica en aunar la realidad física de la cuenca hidrográfica, con su unidad de gestión.

Asimismo, hay que anteponer la gestión eficaz y homogénea de las aguas de una misma cuenca a los legítimos intereses de los territorios que configuran esa misma cuenca hidrológica, priorizando la unidad de gestión frente a la fragmentación de su gobernanza. También de alertar sobre la repercusión que las modificaciones de atribuciones competenciales que directa o indirectamente deriven de la fragmentación efectiva de una cuenca (es decir, de la gestión y protección de los recursos hídricos del Ebro) pueden tener y de las consecuencias de la consiguiente desgobernanza del agua. Igualmente alertar del abuso de contenidos simbólicos, que terminan sustrayendo a la sociedad civil de un debate estratégico para el desarrollo actual y futuro.

Rechazar además cualquier intento de utilización electoralista o demagógica de las cuestiones del agua, reclamando la realización de esfuerzos para generar espacios de acuerdo, para su protección y para una gestión eficiente que contribuya al desarrollo y al equilibrio territorial, y permita superar la confusión social dominante.

Recordar que es una obligación de todos mantener el prestigio de la política hidráulica y de su marco institucional. Solo así la política y gestión del agua podrán contribuir al progreso actual y futuro en un territorio en el que más que en ningún otro el agua es fuente de vida.

Cuestionar la utilización, por determinados sectores, de los objetivos esencialmente ambientales de la Directiva Marco del Agua para justificar la aplicación de la recuperación completa de costes, entendiendo que éste es sólo uno de los instrumentos utilizables, y su eficacia puede superarse mediante otros instrumentos existentes y potenciales de gestión y concertación, en los que España y el Ebro tienen amplia experiencia.

Destacar que no se conocen estudios ni experiencias que avalen una mejora de la eficiencia o de los mecanismos de solidaridad en la gestión de las cuencas una vez éstas se fragmentan. Puesto que la cooperación y concertación propician la participación directa y efectiva de todos los usuarios, la fragmentación de la gestión una cuenca hidrográfica sólo puede perjudicar al conjunto de la sociedad.

Poner en valor el valioso y modélico patrimonio institucional que España posee para la gobernanza del agua, reconocido y apreciado internacionalmente, y que se basa en la unidad de gestión de cuenca y de los sistemas hidráulicos, en las Comunidades de Usuarios y en las Confederaciones Hidrográficas. Patrimonio que a nuestro juicio la Ley 10/2014 de los Ríos y Aguas de Aragón y otras iniciativas legislativas similares, están degradando y desprestigiando.

Poner de manifiesto que la Confederación Hidrográfica del Ebro, la primera que se constituyó en el mundo en 1926, surge como consecuencia de la propuesta que se hace en el Primer Congreso Nacional de Riegos (Zaragoza, 1913) sobre la necesidad de llevar a cabo, por parte de los usuarios, una acción común para atender los intereses comunes del conjunto de la cuenca, entendida como un todo y atendiendo al interés general del Plan de Riegos del Alto Aragón, cuyo impacto trascendía su estricto ámbito geográfico.

Afirmar que la denominada crisis del agua no es fundamentalmente un problema de escasez física sino de subdesarrollo institucional, desgobierno y falta de inversión. Resulta esencial que el organismo responsable de la gestión del agua cuente con un alto nivel institucional, se base en la participación directa y responsable de los usuarios, se oriente a la protección de los recursos hídricos y de los usos ambientales, en un marco de cooperación y concertación, respete la unidad del ciclo hidrológico, disponga de los recursos humanos y financieros suficientes, actúe con transparencia, fundamente sus decisiones en información fiable y responda expresamente al interés común, tal y como se debe exigir a la gestión de un bien público, que tiene la condición de recurso natural.

En consecuencia ello afirmamos que la aprobación de la Ley 10/2014, de Aguas y Ríos de Aragón genera una importante inseguridad en la gestión de los recursos hídricos, ya que lleva implícito el fraccionamiento de la Cuenca; entendemos que la gestión de la Cuenca del Ebro, por ser de carácter intercomunitario, es una competencia íntegra y exclusiva del Estado tal y como señala expresa y claramente el artículo 149 de la Constitución Española de 1978. El Tribunal Constitucional ya se manifestó sobre el carácter exclusivo de dicha competencia estatal en su Sentencia 110/2011 de 22 de junio de 2011, estableciendo que la “reserva de agua para uso exclusivo de los aragoneses de 6.550 hm3, que se contempla en el Estatuto de Autonomía de Aragón”, no obliga al Estado, si bien puede formar parte del Plan de Cuenca. Cuestión esta que también se ha puesto de manifiesto en sucesivas sentencias para las cuencas hidrográficas del Guadalquivir y Duero. En el mismo sentido la modificación del artículo 94 de la Ley de Aguas, contemplando traspasos de competencias desde la Administración General del Estado a las Comunidades Autónomas en relación con el Dominio Público Hidráulico e introducida por el Decreto‐Ley 12/2011 de 26 de agosto, quedó sin efecto como consecuencia de los recursos interpuestos ante el Tribunal Constitucional.

Igualmente entendemos que la Ley 10/2014, de Aguas y Ríos de Aragón entra en contradicción con el enfoque integral de gestión del agua planteada en la Directiva Marco de Aguas así como, con el propio Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro. Por todo ello, el Partenariado del Agua del Ebro quiere mostrar públicamente su rechazo a la Ley 10/2014, de Aguas y Ríos de Aragón e insta a los órganos competentes para que, en el ejercicio de sus responsabilidades y competencias, tomen medidas adecuadas a favor de una defensa real y consecuente del Principio de Unidad de cuenca y de los Sistemas Hidráulicos, de conformidad con la Constitución, la Directiva Marco del Agua y la planificación hidrológica de la cuenca del Ebro.

Y para que conste a los efectos pertinentes, y en representación del Partenariado, firman en Zaragoza a 19 de enero de 2015, Joaquín Olona Blasco, decano del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco; Carlos Chica Moreu Ingeniero de Caminos, consultor independiente; César Trillo Guardia, presidente de Riegos del Alto Aragón y presidente de la Federación de Regantes de la Cuenca del Ebro; Ángel Lasheras Villanueva, presidente del canal Imperial de Aragón; Enrique Playán Jubillar, investigador del CSIC; Jesús Pérez Vives, presidente del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Aragón; José Manuel Penella Cambra, Secretario General de la Unión de Agricultores y Ganaderos de Aragón (UAGA‐COAG).