El Gobierno de Aragón agilizará el reparto de las herencias de abintestatos para fines sociales

El Gobierno de Aragón distribuirá para proyectos sociales los bienes de las personas que fallecen sin herederos y sin dejar testamento. La Comunidad Autónoma se permitirá repartir los fondos en metálico entre las entidades benéficas, sin necesidad de esperar a la liquidación de los bienes inmuebles.

Zaragoza.- El Gobierno de Aragón agilizará los procedimientos administrativos y mejorará la eficiencia de la gestión en los casos en los que corresponde a la Comunidad Autónoma heredar los bienes de una persona fallecida, debido a la inexistencia de herederos y la ausencia de testamento. El objetivo es agilizar las gestiones para que la herencia de estas personas pueda destinarse cuanto antes a proyectos de carácter social.

Para ello, el Ejecutivo ha aprobado un nuevo Decreto que sustituye al vigente Decreto 191/2000 sobre regulación de las actuaciones administrativas en la sucesión legal a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón. El nuevo marco normativo mantiene la esencia del anterior, con la obligatoriedad de subastar públicamente todos los bienes y destinar los fondos a proyectos benéficos, pero introduce algunas novedades en el procedimiento y en el reparto de la herencia.

Por ejemplo, se habilita la posibilidad de repartir el capital de la herencia, sin esperar a la liquidación completa del patrimonio. Hasta ahora, para repartir una herencia entre las entidades sociales, era necesario liquidar antes por completo todos los bienes de ese expediente. Como consecuencia, se dan casos en los que el reparto de los fondos en metálico queda bloqueado a la espera de vender la totalidad los bienes inmuebles, proceso que puede demorarse en el tiempo.

La nueva medida permitirá, ya a corto plazo, aumentar la cuantía disponible para proyectos sociales, ya que existen fondos en metálico que estaban bloqueados a la espera de que se completase la liquidación de la herencia de la que proceden. En concreto, la Junta Distribuidora de Herencias cuenta en la actualidad con unos 500.000 euros, que repartirá en los próximos meses entre entidades benéficas aragonesas. Con el cambio normativo, esta cantidad podría aumentar significativamente.

Está previsto que en los próximos meses se convoque a las entidades sociales para que propongan sus proyectos sociales, y de esta forma se distribuyan los fondos existentes. Desde el año 2001, la Junta Distribuidora de Herencias -organismo colegiado que depende del Departamento de Hacienda del Gobierno de Aragón- ha distribuido 4,37 millones de euros en los nueve repartos realizados. A ellos hay que sumar la extraordinaria herencia de Elías Santiago que por su magnitud -16 millones de euros- tuvo un tratamiento específico y se destinó a la construcción de las residencias de Torrero y Utebo.

Incorporación de bienes para fines sociales

Por otro lado, la Comunidad Autónoma podrá incorporar a su patrimonio los bienes heredados que no haya conseguido enajenar en, al menos, tres intentos de subasta. Se pretende resolver así un problema práctico que surge con inmuebles o fincas que no encuentran comprador en ninguna de las subastas en las que salen a la venta, y que por tanto impiden la reversión de esos bienes para proyectos sociales. Precisamente para garantizar ese objetivo, el nuevo Decreto establece que la Comunidad Autónoma deberá destinar esos bienes a fines de carácter social, a través de políticas sociales de vivienda, de educación o medioambientales.

Entre las novedades introducidas para agilizar la tramitación y ganar en eficiencia, cabe destacar la posibilidad de archivar el expediente antes de iniciar el procedimiento judicial de declaración de herederos (o de renunciar a la herencia si ya hubiera auto firme), en aquellos casos en los que quede acreditado que en la herencia no figuran bienes, o cuando el valor de éstos es inferior a los gastos de tramitación, o al valor de las deudas de la herencia. La normativa actual ya establece que la Comunidad no se hará cargo de esa herencia improductiva, pero a partir de ahora la Administración podrá ahorrar medios materiales y humanos, al evitar la tramitación del expediente en los casos en los que existan razones fundadas para anticipar que la herencia a repartir será nula.

Igualmente, el nuevo Decreto aumenta los procedimientos de control, al prever que la Intervención Delegada del Departamento competente en materia de patrimonio informará la cuenta general, o, en su caso, parcial de liquidación de la herencia.

La necesidad de renovar la normativa en esta materia, para mejorar estos y otros aspectos, surge de la experiencia de la Administración autonómica durante los casi catorce años de aplicación del actual Decreto, periodo durante el cual se han tramitado más de trescientos expedientes.

Aragón es una de las seis comunidades autónomas que tienen el derecho de heredar los bienes de abintestatos. En las comunidades que no tienen este derecho foral propio, la sucesión de las personas sin herederos se resuelve a favor del Estado.