Los cuatro acusados del robo en la estación de Formigal, condenados a penas de entre dos y cuatro años de cárcel

Los cuatro jóvenes acusados del robo en la estación de Formigal, en Huesca, han sido condenados a penas de prisión de entre dos y cuatro años de cárcel. La Audiencia Provincial de Huesca considera a todos ellos coautores de un delito de robo con violencia e intimidación, un delito de detención ilegal y una falta de lesiones.

Zaragoza.- Los cuatro jóvenes acusados por el robo en la estación de esquí de Formigal (Huesca) han sido condenados por la Audiencia Provincial de Huesca a penas de prisión de cuatro, tres y dos años por los delitos de robo con violencia e intimidación, detención ilegal y una falta de lesiones.

Imade L. D, Guillermo S. A, Christian G.S. y David del E.R. , trabajadores de Formigal, idearon un plan para hacerse con la recaudación de la estación de esquí, tanto de la de las taquillas como de la de los establecimientos de restauración, cantidad que ascendía a 31.693,36 euros.

El tribunal considera a todos ellos coautores y responsables de los delitos enjuiciados y condena a David del E.R. a tres años, seis meses y un día de prisión por un delito de robo con violencia e intimidación, y a cuatr años y tres meses de prisión por un delito de detención ilegal, ambos delitos con las agravantes de disfraz y de abuso de confianza. Además de una multa de dos meses con una cuota diario de seis euros.

A Imade L.D. el tribunal lo condena a dos años de prisión por el delito de robo con violencia e intimidación y a cuatro años de prisión por el de detención ilegal con las agravantes de disfraz y de abuso de confianza y a multa de un mes con una cuota diaria de seis euros.

A Guillermo S. A. se le condena a dos años de prisión por el delito de robo con violencia e intimidación y a cuatro años por un delito de detención ilegal. Ambos delitos con la agravante de disfraz y a multa de un mes con una cuota diaria de seis euros.

Christian G. S. es condenado a dos años de prisión por robo con intimidación y a cuatro años por detención ilegal. Como en los casos anteriores, con la agravante de disfraz y a multa un mes con una cuota diaria de seis euros.

En cuanto a la responsabilidad civil, los cuatro jóvenes habrán de indemnizar solidariamente al contable de la empresa Formigal, Luis David A., con 5.125,98 euros y a la estación de esquí con 25.993,36 euros.

El tribunal considera probado que el 24 de febrero, Imade recogió en la localidad de Escarrilla a David y Christian con un vehículo propiedad de Formigal, S.A. subieron hasta el parking de Anayet y, a continuación, Imade bajó con el mismo vehículo hasta la zona de Sextas de la estación donde lo aparcó dejándolo a disposición de Guillermo. Siguiendo la rutina laboral, poco después, Guillermo recogió al contable de la estación Luis David A. G. para llevarle a recoger la recaudación de la estación.

Una vez recogida la recaudación, y en las inmediaciones del parking de Anayet, se encontraron con David y Christian, vestidos con ropas de esquiador, gorros y gafas de ventisca “que ocultaban totalmente su rostro”. Guillermo paro el vehículo momento que los otros dos acusados aprovecharon para abordarlo y apoderarse de la mochila del contable. Después de 15 minutos de trayecto David y Christian abandonaron el coche en la A-2606 de acceso a Panticosa, cerca del restaurante "La Cabaña", en un lugar donde el coche no podía ser visible desde ningún punto y dejando en su interior a Guillermo y Luis David maniatados y amordazados.

Sobre la negativa de David a reconocer su implicación en los hechos, y pese a la coartada alegada de haber estado en compañía de su novia desde las 6.00 horas a las 10.00, entienden los magistrados que existen pruebas suficientes que corroboran su participación. No sólo por la veracidad de las declaraciones realizadas al respecto por Guillermo, Christian e Imade implicándole, sino también por la convivencia de todos ellos en el piso, por la relación de compañeros de trabajo que mantenían y por el guante encontrado en el coche (en el que se realizaba la recaudación) que contenía restos biológicos suyos. En este punto, valoran los magistrados lo manifestado por David durante el juicio, cuando declaró no tener constancia de haber perdido ningún guante y ante lo que “ no dio ninguna explicación a esa circunstancia”.

Considera el tribunal que en los cuatro acusados concurre la agravante de disfraz respecto de los tres delitos. No solo en el caso de David y Christian “que activamente ejecutaron los hechos y se valieron de gafas de ventisca y gorro para ocultar sus rostros y así impedir su identificación, no por el solo hecho de que hubiera una ventisca”, sino también en Guillermo e Imade “porque el disfraz tenía como objetivo facilitar no solo la impunidad de los que lo usaron, sino también la de los demás acusados, como compañeros de trabajo de seguridad de la estación de esquí”.

En el caso de tres de los acusados (David, Guillermo e Imade) los magistrados han considerado la agravante de abuso de confianza) “puesto que utilizaron el vehículo de la empresa que tenían a su disposición por razones de trabajo y aprovecharon los conocimientos que tenían de la estación de esquí en donde trabajaban, precisamente desarrollando funciones de seguridad, para sustraer la recaudación, con lo cual quebrantaron el deber de lealtad que tenían con su empresa, Formigal, S.A.” .

Estiman también para cada uno de ellos, la atenuante de reparación del daño “dado que entre todos ellos han consignado la total indemnización correspondiente a cada uno de los perjudicados. (…) Las secuelas que padece la víctima son también consecuencia del sufrimiento que le produjo la detención -a tal punto que durante el trayecto en el vehículo pensó que podían matarlo-, por lo que las consignaciones efectuadas por los acusados antes del juicio también van a reparar el daño producido por la detención”.

Finalmente, reconocen los magistrados el grado de arrepentimiento mostrado “en mayor o menor medida” por Christian, Guillermo e Imade.